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El nuevo Código Penal, retos en sus vacaciones

El abogado y escritor, Carlos Salcedo. Fuente externa
📷 El abogado y escritor, Carlos Salcedo. Fuente externa

La promulgación del nuevo Código Penal dominicano, tras más de un siglo de vigencia del texto de 1884, constituye un hecho histórico de indudable trascendencia. El país se dotó, por fin, de un instrumento que actualiza las figuras delictivas y responde a realidades contemporáneas como la corrupción administrativa, los crímenes ambientales, el sicariato, los delitos informáticos y la responsabilidad penal de las personas jurídicas.

Sin embargo, la aprobación de la Ley 74-25 no agota el debate. Por el contrario, abre un periodo de vacaciones – vacatio legis– de un año, que debe ser aprovechado para corregir vacíos, fortalecer capacidades institucionales y generar la pedagogía social necesaria para garantizar una implementación efectiva.

Desde una perspectiva institucional, el reto es enorme. La simple entrada en vigor de un código no asegura su correcta aplicación. Se requiere una estrategia nacional de capacitación para jueces, fiscales, defensores públicos, abogados y policías, de modo que las nuevas figuras penales no se conviertan en letra muerta, distorsiones o en instrumentos de arbitrariedad.

Un Estado de derecho sólido no se mide solo por el contenido normativo de sus leyes, sino por su aplicación práctica (Vanossi), esto es, la capacidad de sus instituciones de aplicarlas con rigor, coherencia y respeto a los derechos fundamentales.

Como he afirmado antes, en el plano normativo, el nuevo código presenta avances y retrocesos. Entre los avances, destaca la imprescriptibilidad de los delitos de corrupción, el reconocimiento de nuevas formas de violencia intrafamiliar y el establecimiento de sanciones a empresas por crímenes socioambientales o financieros. Pero también subsisten omisiones graves: la exclusión de las tres causales en materia de aborto mantiene al país en el reducido grupo de naciones que penalizan absolutamente la interrupción del embarazo (Haití, Honduras, El Salvador, Surinam) y la redacción insuficiente del feminicidio refleja un retroceso respecto a los estándares internacionales de protección de la mujer. Asimismo, el delito de espionaje, formulado de manera imprecisa, podría derivar en riesgos para la sociedad civil y la libertad de investigación.

La dimensión democrática es, quizá, la más delicada. Un Código Penal no es solo un catálogo de delitos y penas: es un pacto social que refleja el tipo de convivencia que una comunidad decide darse. De ahí la necesidad de que, durante este año de transición, el congreso, los partidos políticos, las universidades, las organizaciones sociales, los colegios profesionales y la comunidad jurídica en general participen activamente en la discusión de ajustes y reformas complementarias. Solo un proceso abierto, plural y transparente permitirá que el nuevo código gane legitimidad social y no quede marcado por la prisa legislativa o la desconfianza ciudadana.

El tiempo de las vacaciones legales es una oportunidad única. No debe desperdiciarse en complacencias institucionales ni en la ilusión de que la reforma ya está concluida. Al contrario, se trata de un periodo que puede ser decisivo para convertir al nuevo Código Penal en un verdadero instrumento de justicia, modernidad y democracia. Para ello, se requiere liderazgo político, compromiso social y, sobre todo, una ciudadanía vigilante que exija la protección efectiva de sus derechos fundamentales.

En definitiva, el desafío no radica únicamente en tener un nuevo Código Penal, sino en garantizar que este se convierta en un pilar del Estado democrático de derecho. De su implementación efectiva dependerá que la reforma sea recordada como una conquista histórica o como una oportunidad perdida.

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