Gobierno prohíbe usos abusivos de inteligencia artificial

  • El decreto 787-26 establece controles para el uso de inteligencia artificial en las instituciones públicas, prohíbe prácticas de vigilancia indiscriminada y garantiza el derecho a solicitar una revisión humana de decisiones automatizadas.

El Palacio Nacional, lugar desde donde el presidente de la República dirige los destinos de la nación. Fuente externa

Santo Domingo. Si una institución pública utiliza inteligencia artificial para evaluar una solicitud de ayuda social, determinar el acceso a un servicio o apoyar una sanción administrativa, el ciudadano tendrá derecho a saberlo, pedir explicaciones y solicitar que un funcionario revise la decisión.

Esta es una de las principales novedades del Código de Ética de la Inteligencia Artificial para los Servicios Públicos, aprobado por el presidente Luis Abinader mediante el decreto 787-26 estea noche, que establece reglas obligatorias para el uso de esta tecnología en las instituciones del Estado.

La normativa busca evitar que las decisiones apoyadas por sistemas automatizados vulneren derechos, discriminen a las personas o se adopten sin supervisión humana.

Prohíben vigilancia indiscriminada y manipulación

Entre las principales disposiciones figura la prohibición de utilizar inteligencia artificial para clasificar socialmente a los ciudadanos y condicionar su acceso a derechos o servicios públicos.

También se restringe la identificación biométrica masiva e indiscriminada en espacios públicos sin las autorizaciones y garantías legales correspondientes.

Asimismo, queda prohibido utilizar algoritmos para elaborar perfiles criminales basados exclusivamente en el lugar de residencia, la condición económica o el origen étnico de las personas.

El Código impide, además, que la inteligencia artificial determine de manera autónoma sentencias penales o medidas de privación de libertad, así como su utilización para manipular a la población mediante propaganda política o desinformación institucional.

Protección de menores y revisión de decisiones

La normativa establece medidas especiales para proteger a niños, niñas y adolescentes, incluida la prohibición de generar o distribuir mediante inteligencia artificial contenidos abusivos, sexuales o discriminatorios contra menores.

Además, los sistemas considerados de alto impacto, especialmente aquellos que puedan afectar derechos o beneficios sociales, deberán someterse a evaluaciones éticas antes de entrar en funcionamiento.

Las instituciones estarán obligadas a informar cuando utilicen inteligencia artificial en decisiones que afecten a los ciudadanos y habilitar mecanismos para solicitar explicaciones, corregir errores y reclamar una revisión humana.

Instituciones tendrán 180 días para adaptarse

El decreto dispone la creación del Consejo Nacional de Ética de la Inteligencia Artificial, integrado por representantes del Estado, la sociedad civil, las universidades y el sector privado.

La Dirección General de Ética e Integridad Gubernamental (DIGEIG) supervisará el cumplimiento de las disposiciones éticas y recibirá denuncias por posibles incumplimientos, mientras que la Oficina Gubernamental de Tecnologías de la Información y Comunicación (OGTIC) brindará apoyo técnico.

Las instituciones públicas dispondrán de 180 días calendario, contados desde la publicación del decreto, para adecuar sus procedimientos, registrar los sistemas de inteligencia artificial que utilizan y designar a los responsables de supervisarlos.

El Gobierno también deberá habilitar un portal de transparencia que permita conocer qué sistemas de inteligencia artificial utilizan las entidades públicas y sus finalidades, con las excepciones legales correspondientes para proteger datos personales y la seguridad nacional.

Sobre el autor

Dayana Acosta

Periodista dominicana con maestría en Comunicación Corporativa y Gerencia Hospitalaria y Seguridad Social. Apasionada de la investigación y de contar historias con propósito.