Un Estado de Derecho presupone la garantía de la seguridad jurídica para que las personas puedan gozar de instrumentos legales o decisiones emanadas de los poderes públicos que no puedan ser revocados por haberse obtenido mediante fraude o bajo algún ardid doloso. Pero, cabe preguntarse, ¿en virtud de esa seguridad se puede elevar su costo a expensas del propio protegido?, ¿no bastaría con someter a la justicia a aquellos que comentan hechos delictivos en contra de los particulares o del propio Estado?
Hay que precisar que el enfoque que pretendo dar no es decir que no hayan mecanismos para hacer prevalecer y combatir todo lo que involucre el laceramiento de los derechos adquiridos de las personas, sino que, existiendo ya esas instituciones, tales como, la Procuraduría General de la República, la Policía Nacional, el Colegios de Notarios y de Abogados, y otras, no se saque provecho de situaciones irregulares para certificar las actuaciones de los propios encargados de velar por la ya mencionada seguridad jurídica.
En este sentido, el cobrar por certificar la firma de un notario, por expedir un acta de no antecedentes penales, etc, se controla con una buena ejecución contra fraudes judiciales. Pero, las autoridades lo que han hecho es, en vez de combatir el problema, lo han desplazado a otros sujetos como si se tratase del individuo, y no de la falta de control oportuno y efectivo. Por ejemplo, ¿por qué traspasar a los notarios la atribución de realizar los embargos, los desalojos y protestos de cheques, y encarecer el proceso?, sencillo, porque nunca se enfrentó a ese gremio ministerial, ni hubo sanciones ejemplarizadora. ¡Ha faltado una política coherente contra la corrupción judicial, ajustada a la realidad que impera en el sistema de justicia dominicano! ¡Ya llegará el momento de ponerle el cascabel al gato!!
En efecto, entendemos que los actos en que participan los funcionarios con fe pública deben ser tutelados por el Estado, pero también considero que los fiscales deben meter preso a los corruptos, -aunque nunca he oído de un notario en la cárcel por actuaciones dolosas-, así las cosas, el Dr. Eduardo Jorge Prats en su obra Derecho Constitucional, Vol. II, p. 377, expresa que “sería una vana ilusión si no se asegura la plena accesibilidad al servicio judicial a través de la gratuidad del mismo”. Concluimos que lo que se requiere es controles reales, ¡la fiebre no está en la sábana!, y ¡descontinúen gravando el costo de la justicia!