Santo Domingo.– Las empresas distribuidoras de electricidad (EDE) recibieron un total de 90,589 reclamos de usuarios entre enero-diciembre de 2025, según datos de la Dirección de Protección al Consumidor (Protecom), unidad adscrita a la Superintendencia de Electricidad.
De los casos registrados, 47,502 fueron considerados improcedentes, es decir, no cumplieron con los criterios establecidos para dar curso a la queja. En cambio, 33,653 fueron clasificados como procedentes, al cumplir con los requisitos necesarios para ser procesados. Además, 382 reclamos fueron anulados.
El informe resalta que los últimos seis meses del año pasado, las quejas por falta de servicio energético aumentaron considerablemente en comparación con el primer semestre.
Del total de reclamaciones, la entidad detalla que Edeeste fue la distribuidora que recibió la mayor cantidad, con 43,270 casos presentados por usuarios. En contraste, Edenorte registró la menor cantidad de reclamos con 15,674 reclamos. Por su parte, Edesur recibió 31,536 casos.
Sin embargo, durante el año 2024, las EDE recibieron un total de 78,461 reclamos a través de las oficinas de Protecom. De estos, el 54% fueron clasificados como improcedentes, al no cumplir con los requisitos establecidos para su tramitación.
Proceso para generar un reclamo
Protecom aclara que todos los clientes o usuarios titulares que deseen presentar una reclamación deben conocer las instancias administrativas establecidas en la normativa vigente. La reclamación puede presentarse ante Protecom en los siguientes casos:
Cuando el usuario no esté de acuerdo o no esté satisfecho con la decisión adoptada por la empresa de distribución ante su reclamación en primera instancia.
Cuando la empresa de distribución no dé respuesta a su reclamación dentro del plazo establecido por la normativa vigente.
Las instancias para procesar una reclamación son las siguientes:
Primera instancia: Reclamación en la empresa de distribución
El cliente o usuario titular debe presentar su reclamación directamente ante la empresa distribuidora. Esta tiene la obligación de responder por escrito en un plazo no mayor de diez (10) días laborables, contados a partir de la recepción del reclamo.
Segunda instancia: Reclamación en Protecom
Si el cliente no está de acuerdo con la respuesta recibida en la primera instancia, o si no recibe respuesta dentro del plazo establecido, puede acudir a Protecom para presentar su reclamo.
Tercera instancia: Recurso Jerárquico
Este recurso lo promueve un tercero ante el superior jerárquico del autor del acto cuestionado, con el fin de que revise, modifique o extinga dicho acto. El proceso debe seguir las normas vigentes y se debe interponer dentro de un plazo de treinta (30) días laborables a partir de la recepción de la decisión de Protecom.
Cuarta instancia: Instancia Judicial
Luego de emitida una resolución sobre el Recurso Jerárquico, cualquiera de las partes puede someter un recurso ante el Tribunal Superior Administrativo.
La entidad señala que el plazo para recurrir ante el tribunal es de treinta (30) días, contados a partir de la notificación del acto recurrido, su publicación oficial o la expiración de los plazos establecidos, en caso de recursos por retardación o silencio administrativo.