Distracción de bienes en partición

Distracción de bienes en partición

Distracción de bienes en partición

Doctor, quiero saber, ¿cuáles serían las consecuencias si mi exesposo distrae bienes de la comunidad iniciado ya el proceso de partición?, la inquietud va dirigida en el sentido de que he confiado en él, pero tengo dudas en cuanto a unas inversiones que hicimos y no tengo el control de eso y, mi abogado tampoco ha realizado ninguna acción para preservar todo lo que hay.

Respuesta: es válida y entendible su preocupación. En ese sentido le informo que el Código Civil dominicano establece que “cualquiera de los cónyuges que haya distraído u ocultado algún efecto de la comunidad, perderá el derecho a su porción en los dichos efectos (art.1477)”.

Es decir, que si cualquiera de las dos partes  envueltas en el proceso de partición no declara o transparenta los efectos adquiridos dentro del matrimonio, perderá el derecho sobre esos bienes que haya ocultado o distraído con fines de defraudar a la comunidad.

Y debo precisar que se entiende por bienes muebles: las acciones de una empresa, el dinero, certificados financieros (CD), inversiones en bolsas de valores, vehículos, yates, avión, ajuares del hogar.

Entonces doctor, ¿qué debo hacer?

Respuesta: Le sugiero que a través de su abogado haga las pesquisas necesarias para determinar cualquier movimiento de bienes con el objetivo de perjudicar su patrimonio. De inmediato, proceder, con medidas en procura de evitar que ocurra tal situación, ya que es mejor evitar que tener que remediar.

Pueden hacer sus consultas escribiendo a: consultealjurista@gmail.com o llamando al 829-858-2808