Danilo promulgó Código Penal con el nuevo párrafo y observaciones
Santo Domingo.- El presidente Danilo Medina promulgoóayer el Código Penal tal cual fue aprobado por la Cámara de Diputados, que acogió las observaciones previas hechas por el Poder Ejecutivo a lo que originalmente aprobó el Congreso Nacional.
Aún queda pendiente la elaboración de una ley especial en casos de malformaciones del feto, violación e incesto.
Entretanto se mantienen vigentes las leyes especiales que definen los tipos penales en caso de aborto no previsto en el Código.
El nuevo Código Penal entrará en vigor un año después de su publicación en la Gaceta Oficial.
Establece que “la interrupción del embarazo practicado por personal médico especializado en establecimientos de salud, públicos o privados, no es punible si se agotan todos los medios científicos y técnicos disponibles para salvar las dos vidas, hasta donde sea posible”.
En la promulgación el Jefe del Estado destaca que el Código Penal de 1884 era un instrumento legal que no respondía eficazmente a las necesidades de prevención, control y represión.
Mientras que el nuevo Código constituye un componente más de las iniciativas legislativas que se han adoptado para aportar soluciones a la justicia penal y mejorar su funcionamiento y credibilidad.
En cuanto a las penas a profesionales médicos o parteras, los galenos y enfermeras que, causen o ayuden a causar un aborto serán sancionados con penas de cuatro a diez años de prisión mayor.
La interrupción del embarazo por violación, incesto o malformaciones del embrión comprobados, estará sujeto a requisitos y protocolos que se establezcan mediante ley especial.
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