Danilo corrigió el contrato Barrick-Leonel
En uno de los múltiples artículos que escribimos en el periódico El Día digital.com, dijimos que si el Presidente Danilo Medina realmente estaba interesado en corregir lo que encontró mal, debía comenzar corrigiendo el Contrato Especial de Arrendamiento Minero (CEAM) que Leonel Fernández había enmendado en favor de la empresa Barrick Gold, enmienda con la cual Leonel le transfería a la Barrick unos 20 mil millones de dólares que legítimamente le corresponden al pueblo dominicano dueño de esa inmensa mina de oro, plata, cobre y cinc, una de las mayores del mundo.
Luego de varios meses de presiones, y posteriores negociaciones, el Gobierno de Danilo Medina y la empresa minera Barrick Gold, han llegado a un nuevo y excelente acuerdo para la explotación de los metales presentes en el subsuelo de la mina de Pueblo Viejo, acuerdo que es diametralmente diferente al acuerdo firmado por Leonel Fernández con Barrick en el 2009.
- Publicidad -
El aspecto más importante de esta segunda enmienda al Contrato Barrick es la eliminación de la trampa colocada por Leonel en la primera enmienda, la que obligaba al país a esperar a que la Barrick recuperase toda su inversión y alcanzare una tasa interna de retorno de 10%, calculada como Valor Presente Neto (VPN) para cada año fiscal, en comparación con el año fiscal anterior, para entonces poder pagar la Participación en las Utilidades Netas (PUN), lo cual convertía los supuestos beneficios del Gobierno dominicano en un espejismo, y eso motivó que cuando fuimos formalmente consultados por la Cámara de Diputados, en octubre de 2009, expresáramos por escrito nuestra firme objeción a esa primera enmienda, y pedimos rechazarla.
De igual modo, Danilo ha exigido que la tasa de depreciación de la inversión sea reducida del 40% al 15%, aplicable al período 2017-2026, con lo cual los flujos de efectivos anuales de la mina serían mayores y volúmenes monetarios generados por el 25% del ISR y el 28.75% del PUN serían mayores para el Gobierno.
Las tasas de interés a pagar por Barrick por concepto de los préstamos tomados a sus filiales fueron reducidas a Libor (semestral) +3.0, en lugar de Libor (semestral) +9.90, y Libor (semestral) +5.20, lo que ahorra más de 900 millones de dólares.
Danilo Medina y Barrick acordaron introducir en esta segunda enmienda al CEAM, un Impuesto Mínimo Anual (IMA) sobre los ingresos brutos generados por las exportaciones de todos los metales que realice PVDC, el cual sería en adición al pago de la regalía del 3.20% que grava los ingresos recibidos por PVDC sobre las exportaciones de oro y plata, variando desde cero (para un precio del oro inferior a US$800/onza), hasta 32.55% para un precio superior a US$3,000/onza).
Para reducir los costos operacionales inherentes a la producción de oro y plata, y conscientes de que la energía es el principal componente en la estructura de costos de un proceso pirometalúrgico de autoclave para sulfuros frescos de alta molturabilidad, el Gobierno acordó con Barrick que la planta térmica Quisqueya I sustituirá el fuel oil No.6, por gas natural líquido, a fin de que cada kilovatio/hora consumido en la mina tenga el menor costo posible, aumentado el flujo neto de efectivo anual.
Pero el evidente descuido ambiental en el entorno de las extensas operaciones mineras de la Barrick Gold, principalmente en el arroyo Margajita, el cual sale de la mina sulfurosa y drena aguas ácidas y cargadas de metales pesados en la importante presa de Hatillo; y en el arroyo Mejita, que también sale de la mina y drena sus aguas contaminadas en el río Maguaca, un importante afluente del río Yuna, ha llevado a muchos preocupados por el medio ambiente a reclamar que el nuevo contrato especial de arrendamiento minero, ya firmado entre el Gobierno y la Barrick Gold, incluya el tratamiento ambiental de esa inmensa mina de oro, plata, cobre y cinc.
Sin embargo, la realidad es que los aspectos ambientales no pueden ser parte de los contratos firmados entre el Gobierno y el sector privado, pues todo lo referente a la protección del medio ambiente, en cualquier tipo de operación, minera, industrial, agrícola, pecuaria, hotelera o urbana, es materia exclusiva de la Ley Ambiental 64-00 y sus reglamentos.
Ningún contrato puede estar por encima de la Ley Ambiental 64-00, ni mucho menos el texto de un contrato puede condicionar el alcance de la Ley Ambiental vigente, lo que implica que el Ministerio de Medio Ambiente, como institución administradora de la Ley Ambiental 64-00, tiene plenos poderes para desconocer cualquier acuerdo ambiental consignado en cualquier contrato, indistintamente de quienes lo firmen, pues la correcta aplicación de la Ley Ambiental no puede ser pautada, ni limitada en su alcance, por el texto de un contrato de explotación de un recurso minero, y eso debe quedar bien claro.
La realidad es que Danilo Medina ha corregido lo que estaba mal en el contrato Barrick-Leonel 2009, y eso le ha ganado múltiples aplausos de casi todos los dominicanos, y alta popularidad, al margen de las banderías políticas, pues aquí lo importante es el interés nacional, siendo Leonel Fernández el gran perdedor por haber enajenado, con conocimiento de causa, el patrimonio aurífero de Pueblo Viejo, el cual es propiedad de todos los dominicanos.
Sin embargo, ya el equipo de comunicación de Leonel Fernández trabaja arduamente para sacar del escenario la primera enmienda apadrinada por Leonel en el 2009, y sus voceros andan esparciendo el mensaje de que cuando Danilo Medina dijo ante la Asamblea Nacional, el 27 de febrero de 2013, que ese contrato minero era inaceptable porque dejaba a la empresa minera 97 dólares de cada cien dólares, y que el país sólo recibiría 3 dólares de cada cien dólares, Danilo se refería al contrato firmado en el año 2001 entre Hipólito Mejía y Placer Dome, lo cual es una perversidad de quien lo diga, pues el contrato entre Hipólito Mejía y Placer Dome era un excelente contrato minero que nunca debió ser modificado por Leonel Fernández.
Inclusive, uno de los voceros de Leonel, de apellido Liriano, nos escribió a través de nuestra cuenta de Twitter para decirnos que nosotros habíamos escrito muchos artículos en el periódico El Día digital.com, donde señalábamos que el contrato de Placer Dome le dejaba a la empresa 97 dólares de cada cien, y fue necesario ayudar su memoria enviándole los enlaces de cada uno de los artículos escritos, para que viera que siempre nos referimos claramente al contrato Barrick-Leonel 2009, y nunca al contrato Placer Dome-Hipólito 2001. Aunque esas confusiones no son casuales, sino muy bien planificadas y muy bien dirigidas.
Pero por más que se trate de confundir al pueblo, y por más que se tergiverse la verdad, la realidad es que este pueblo nunca olvidará el contrato Placer Dome-Hipólito 2001, el contrato Barrick-Leonel 2009, y el contrato Danilo-Barrick 2013, donde Danilo corrigió lo malo que hizo Leonel, aunque ahora Leonel lo quiera esconder, no obstante haberse ido a la mina operada por Barrick, ponerse una chaqueta naranja de Barrick, ponerse un casco minero blanco de Barrick y decirle a la prensa y al país que ese contrato firmado por él, en el año 2009, era un contrato minero modelo, aunque para quienes entendemos de minería y de matemáticas financieras, era un verdadero modelo de estafa en contra de un país, estafa que era apadrinada por el propio presidente de la República, en quien el pueblo dominicano había confiado. ¡Qué pena!
Etiquetas
Artículos Relacionados