Con ley de prescripción espera DGII recaudar RD$10 mil

Con ley de prescripción espera DGII recaudar RD$10 mil millones

Con ley de prescripción espera  DGII recaudar RD$10 mil millones

Hasta diciembre contribuyentes tienen oportunidad a acogerse a facilidad fiscal.

Santo Domingo .-El Gobierno dominicano proyecta recaudar RD$10 mil millones antes del 20 de diciembre de este año y espera que 36 mil contribuyentes se acogan a la Ley que instaura un Tratamiento Especial Transitorio de Fiscalización, Gestión y Recuperación de Deuda Tributaria con el Estado.

De acuerdo a Luis Valdez, director general de Impuestos Internos, hasta el pasado lunes 1,300 contribuyentes han solicitado acogerse a la ley.

Detalló que a la normativa de prescripción de oficios 36 mil contribuyentes tienen el derecho o la posibilidad de acogerse a esta ley, algunos porque tienen moras, otros porque tienen fiscalización en procesos o años que ya tienen prescripción, entre otros.

Resaltó que esta ley vigente hasta el 20 de diciembre de 2023.
Al dar los detalles de la normativa, explicó que la ley tiene tres aspectos, entre ellos, sí un contribuyente tiene deudas hasta el año 2015 y no tiene deudas entre el 2016 al 2021, toda la deuda hasta el 2015 que le prescribe de manera automática, es decir no tiene que pagar nada y se le eliminan todas las deudas tributarias.

Y si tiene deuda hasta el 2015 y también tiene desde el 2016 hasta el 2021, poniéndose al día con la deuda de esta última fecha le prescribe automáticamente la deuda desde el 2015 y sus años anteriores, es decir la prescripción de oficio, mecanismo que permite eliminar todas las deudas tributarias.

Otro aspecto es que si se tiene un proceso de fiscalización de escritorio mediante una comunicación escrita o solicitud vía oficina virtual comunica que no quiere continuar con esa fiscalización y que se acoge a la tasa que se ha establecido en la ley pues automáticamente esa se deja sin efecto y se acoge a la tasa nueva.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 5 de esta ley, serán declaradas como prescritas todas las deudas de los siguientes impuestos: impuesto sobre la Renta (ISR), impuesto sobre Transferencias de Bienes Industrializados y Servicios (ITBIS), impuesto Selectivo al Consumo, impuesto sobre Activos , impuesto al Patrimonio Inmobiliario, impuestos a las bancas de loterías, de apuestas y deportivas.

Facilidades de pago
Otro elemento de la ley son las facilidades de pago sobre las deudas existentes para los periodos comprendidos entre los años 2016 al 2021, inclusive, y aquellas iguales o anteriores al 2015 que no aplicasen a la prescripción de oficio.

Las facilidades implican que el contribuyente podrá hacer un pago único del 70% de impuestos determinados sin recargos ni intereses o la opción del pago del 100% del impuesto declarado más seis meses de intereses sin recargo por mora.

De igual manera, establece un Procedimiento Abreviado de Fiscalización (PAF), que es una auditoría de escritorio que permite al contribuyente realizar un pago especial del impuesto determinado por la DGII, por lo que aplica para todos los contribuyentes que se encuentren en proceso de una fiscalización de escritorio en curso.

Normativa

— Acogerse
Para acogerse a la Ley 51-23,Tratamiento Especial Transitorio de Fiscalización, Gestión y Recuperación de Deuda Tributaria, los contribuyentes pueden hacer la solicitud a través de su Oficina Virtual o vía su Administración.