Desvinculados visitan el Ministerio de Adminaitración Pública y en ocasiones salen de allí desalentados.
SANTO DOMINGO.-El pago de las prestaciones laborales, establecidas en la Ley 41-08 de Función Pública se ha convertido en una odisea para muchos desvinculados, debido a que las instituciones del Gobierno están violentado el artículo 63 de ley, a sabiendas de que el Estado está llamado a garantizar y cumplir ese derecho laboral.
A diferencia del Gobierno, en el sector privado, donde el Código de Trabajo establece un plazo de 10 días para la indemnización, hay empresas que la pagan hasta en menos tiempo del establecido..
Las quejas son recurrentes, y pese a que la Ley que regula las relaciones de trabajo en el sector pùblico, establece 90 días como máximo para el pago de las prestaciones, a veces el servidor despedido debe esperar hasta más de un año para cobrar.
“A mí me desvincularon en marzo del 9-11 (Sistema Nacional de Atención a Emergencias y Seguridad) labore por nueve años y todavía no me han dado lo que me corresponde”, denunció una enfermera auxiliar despedida que pidió reservas de su nombre. Cuenta que le pagaban treinta y dos mil pesos, y ahora le dicen que debe esperar el Presupuesto y que sólo le tocan las vacaciones vencidas y un por ciento del doble, equivalente a RD$58 mil pesos.
La joven, madre de tres hijos, afirmó que le resultó chocando esa noticia, ella es de las tantas personas que visitan el Ministerio de Administración Pública en busca de respuesta y aquí sólo se limitan a tomarles la cédula y preguntarles a qué entidad pertenecía, luego les informan que: “Aún no les ha llegado el cálculo”.
Al lado de ella otra maestra de una escuela pública de Bonao, a la que cancelaron en el mes de enero también esperaba para saber la suerte que correría vía el Ministerio de Educación, entidad que junto a Medio Ambiente y Obras Públicas son de las que más se retrasan, según versiones escuchadas en el MAP.
Cargos de confianza
Eury Luciano, quien laboró en el Instituto Nacional de Aguas Potables y Alcantarillados como coordinador del prensa desde 2004 al 2016 es decir durante 16 años, al final le dieron el cargo de asesor y no le pagaron sus prestaciones bajo el alegato de que ocupaba un cargo de confianza.
“Según la Ley 41-08 de Función Pública el servidor, además de que le deben pagar en un plazo de 90 días, se le debe pagar un sueldo por cada año trabajado más el monto de la gratificación navideña hasta el momento, más las vacaciones”, afirmó Eury Luciano, quien se dio por vencido.
Sin embargo, a partir de que se emitió la resolución 2008 estableció que quienes ingresaran al Estado no tendrían derecho a prestaciones, el caso puede ser recurrible porque los derechos adquiridos por los trabajadores no se pierden.
Desigualdad
— Discriminatorio
El hecho de pagarles a unos y a otros no por ser empleados de confianza es calificado como descriminatorio y da a entender que hay quienes necesitan y otros no. “Eso no tiene justificación es sólo un invento”, dijo Luciano.
Aún ganando demanda abogado espera pago
Litis. Manauris Rondón García, abogado, y quien laboró por varios años en la Dirección de Recursos Humanos del Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales y fue desvinculado de forma injustificada, cuenta que apenas le pagaron unas vacaciones pendientes y la proporción de Navidad.
Presentó una demanda ante el Tribunal Superior Administrativo, donde la 5ta. Sala dictó una sentencia que le dio ganancia de causa, y aún así tampoco le han respondido con el mandato del Tribunal.
“Eso ha pasado en muchos casos, se da otra situación con la legislación del Estado que es muy contradictoria e insólita; el Código de Trabajo vía la Ley 16-92 es mucho más avanzado, cuando un empleador pone fin al contrato se establecen diez días para que le paguen sus prestaciones”.