Santo Domingo.- La Corte de Apelación de Puerto Plata aplazó para el 29 de octubre la lectura de su decisión sobre el caso del pelotero Wander Samuel Franco Aybar, quien fue declarado culpable de abuso sexual y psicológico contra una adolescente, pero recibió un perdón judicial que lo libra de ir a prisión.
El Ministerio Público interpuso un recurso formal de apelación a la sentencia emitida por el tribunal de Puerto Plata y solicitó la imposición de cinco años de prisión para el pelotero.
Este panorama supone la necesidad de desentrañar el germen del proceso judicial para comprender cómo ha evolucionado el caso desde el inicio de la investigación.
Detención y medida de coerción en 2024
En agosto de 2023, Wander Franco, entonces campocorto de los Tampa Bay Rays de las Grandes Ligas, quedó bajo investigación por señalamientos de una presunta relación sexual con una adolescente de 14 años.
El 1 de enero de 2024, Franco acudió a la Fiscalía de Puerto Plata y quedó detenido.
Cuatro días después, un juez le impuso una garantía económica de dos millones de pesos y presentación periódica como medidas de coerción por presunto abuso sexual, secuestro y seducción de una menor.
La defensa del pelotero de Grandes Ligas solicitó revisar la medida de coerción para que Franco quedara en libertad sin esas obligaciones.
Sin embargo, el Primer Juzgado de la Instrucción del Distrito Judicial de Puerto Plata rechazó la solicitud de revisión de medida de coerción mediante la resolución número 273-2024-SREV-00052 de fecha 8 de marzo de 2024.
La madre de la adolescente, Martha Vanessa Chevalier, también fue procesada.
El Ministerio Público la señaló por su presunta vinculación con la explotación sexual de su hija y el lavado de activos, bajo la acusación de que habría recibido dinero para permitir la relación entre la menor y el pelotero.
El juez de Atención Permanente del distrito judicial de Puerto Plata impuso a Chevalier arresto domiciliario e impedimento de salida del país como medida coercitiva.
Envío a juicio
En julio de 2024, el Ministerio Público formalizó la acusación contra ambos.
Durante la audiencia preliminar, la defensa solicitó al juez de la instrucción de Puerto Plata que se declarara la nulidad de la acusación.
Las pruebas testimoniales del Ministerio Público fueron acogidas por el Primer Juzgado de la Instrucción del distrito judicial y dispuso que los imputados fueran enviados a juicio.
En septiembre de ese mismo año, el padre de la menor involucrada en el caso retiró formalmente la querella contra el deportista.
La abogada del progenitor sostuvo que la motivación de la decisión se debió a que las pruebas presentadas por el Ministerio Público "carecían de fundamento".
Sin embargo, el retiro de la querella no puso fin al proceso penal que continuó a cargo del órgano acusador.
Presentación periódica por porte ilegal de arma de fuego
El 10 de noviembre de 2024, Franco fue detenido por una patrulla Policial en San Juan de la Maguana, durante una supuesta riña que involucró a una mujer y el uso de armas de fuego.
Este caso corresponde a un proceso distinto del relacionado con la adolescente.
El Ministerio Público solicitó ante la Oficina de Atención Permanente imposición de presentación periódica como medida de coerción por la posesión ilegal del arma.
La jueza Viamelka Ruiz Sepúlveda ordenó que el pelotero se presentara ante las autoridades el día 30 de cada mes.
Condena de dos años de prisión suspendida
El 26 de junio del 2025, el Tribunal Colegiado de Puerto Plata condenó a Wander a dos años de prisión suspendida en el Centro de Corrección y Rehabilitación San Felipe de Puerto Plata por abuso sexual contra una menor.
La condición detrás de la prisión suspendida impuesta fue que el pelotero se mantenga alejado de las relaciones con menores para fines sexuales y el pago de una multa equivalente a 10 salarios mínimos.
De incumplir esta medida, se le revocaría la suspensión de la pena y tendría que cumplir los dos años de prisión.
En ese primer juicio, Chevalier fue condenada a 10 años de prisión por los delitos establecidos en la sentencia, relacionados con extorsión, complicidad y explotación de la menor.
El tribunal también ordenó el decomiso de los bienes obtenidos por la progenitora durante "el chantaje" contra el jugador de Grandes Ligas, entre ellos un solar, un vehículo Suzuki Swift 2023, RD$2.9 millones y US$68,500.
Las defensas de Franco y Chevalier apelaron las condenas, mientras que el Ministerio Público pidió cinco años de prisión para Franco.
Sin embargo, el 9 de diciembre, la Corte de Apelación de Puerto Plata anuló las sentencias y ordenó celebrar un nuevo juicio.
Perdón judicial y apelación
El 25 de mayo de 2026, tras la celebración de un nuevo juicio, el Tribunal Colegiado de Puerto Plata declaró nuevamente a Franco penalmente responsable por abuso sexual y psicológico contra una adolescente, pero le concedió un perdón judicial que lo eximió de cumplir una pena de prisión.
El tribunal consideró que el pelotero también había sido víctima de extorsión por parte de la madre de la adolescente, quien fue condenada otra vez a diez años de prisión.
Tanto Franco como Chevalier recurrieron la sentencia. La defensa del pelotero cuestionó la valoración de las pruebas y alegó que el fallo retomó argumentos de la decisión anterior, que había sido anulada.
Dos meses después, el Ministerio Público formalizó un recurso de apelación parcial contra la sentencia que concedió el perdón judicial a Wander Franco, con el propósito de que se revoque ese beneficio y se le impongan cinco años de prisión.
Ese mismo mes, la defensa del pelotero también presentó un recurso para que se anule la declaración de culpabilidad, al considerar que las pruebas presentadas durante el juicio no eran suficientes para sustentar la decisión del tribunal.
La Corte de Apelación conoció los recursos el 22 de septiembre de 2026 y reservó su decisión para el 20 de octubre.
Sin embargo, el tribunal reprogramó la lectura del fallo para el próximo 29 de octubre, fecha en la que deberá determinar si mantiene o modifica los aspectos de la sentencia impugnados por las partes.
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