Divorcio en República Dominicana: ¿qué pasa con los bienes, los hijos y las obligaciones?

  • El caso de Karen Yapoort y Edwin Encarnación vuelve a poner bajo la lupa el proceso de divorcio por mutuo consentimiento y los asuntos que una pareja debe resolver antes de poner fin legalmente al matrimonio.-

Divorcio
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SANTO DOMINGO.- El anuncio de divorcio de Karen Yapoort y Edwin Encarnación ha puesto nuevamente el divorcio en el centro de la conversación pública, pero también abre una pregunta que miles de parejas pueden hacerse: ¿qué ocurre legalmente cuando un matrimonio llega a su fin?

El expelotero Edwin Encarnación anunció que había consultado a sus abogados para iniciar el proceso legal de divorcio, mientras que Yapoort aseguró posteriormente que ella había iniciado hacía más de una semana un proceso de divorcio por mutuo consentimiento.

Divorcio en República Dominicana: ¿qué pasa con los bienes, los hijos y las obligaciones?

La comunicadora pidió además consideración hacia sus hijos y dijo que dejaría el proceso en manos de sus abogados.

Pero, más allá de este caso, ¿cómo funciona el divorcio en República Dominicana?

Una ley de 1937 sigue siendo la base

El divorcio está regulado principalmente por la Ley 1306-Bis sobre Divorcio, promulgada en 1937 y modificada posteriormente.

La legislación contempla distintas causas, entre ellas el mutuo consentimiento y la incompatibilidad de caracteres, además de otras causas determinadas.

En el caso del mutuo consentimiento, ambos cónyuges manifiestan su voluntad de poner fin al matrimonio y deben cumplir una serie de formalidades antes de presentarse ante el tribunal.

Esto significa que no basta con que dos personas anuncien públicamente que están separadas.

La separación de hecho y el divorcio legal no son lo mismo.

El mutuo consentimiento es la modalidad más registrada

Los datos de la Oficina Nacional de Estadística (ONE) muestran que esta es actualmente la modalidad más registrada.

En 2025 se registraron 24,711 divorcios en República Dominicana. De estos, 16,252 fueron por mutuo consentimiento, equivalentes al 65.77 %, mientras que 8,459 correspondieron a incompatibilidad de caracteres, para un 34.23 %.

Sin embargo, hay una precisión importante: mutuo consentimiento es una categoría de registro jurídico y estadístico, no necesariamente la razón personal por la que una pareja decidió terminar.

Divorcio en República Dominicana: ¿qué pasa con los bienes, los hijos y las obligaciones?

Una pareja puede haber atravesado años de conflictos y, finalmente, ambos acordar el divorcio. En ese caso, estadísticamente aparecerá como un divorcio por mutuo consentimiento.

¿Qué deben acordar los esposos?

La Ley 1306-Bis establece que, antes de acudir al juez en un divorcio por mutuo consentimiento, los esposos deben formalizar un inventario de sus bienes y establecer acuerdos relacionados con los hijos.

La norma también exige que las convenciones y estipulaciones sean formalizadas mediante un acto auténtico.

En otras palabras, el proceso no se limita a decir: “ambos queremos divorciarnos”.

Hay que organizar jurídicamente aspectos de la vida que continuarán existiendo después de la ruptura.

¿Qué pasa con los bienes?

Uno de los puntos que más dudas genera es el patrimonio.

La respuesta depende del régimen matrimonial bajo el cual se casaron los esposos y de cómo fueron adquiridos los bienes.

No es igual un matrimonio bajo comunidad de bienes que uno bajo separación de bienes.

Divorcio en República Dominicana: ¿qué pasa con los bienes, los hijos y las obligaciones?

En un régimen de separación de bienes, cada cónyuge mantiene, en principio, la titularidad de su patrimonio propio. Eso no elimina, sin embargo, la necesidad de determinar qué bienes pertenecen conjuntamente a ambos o qué obligaciones económicas existen.

En el caso de Yapoort y Encarnación, la comunicadora señaló públicamente que su matrimonio estaba bajo separación de bienes.

Por eso, ante un divorcio, preguntas como quién conserva una vivienda, cómo se manejan bienes adquiridos conjuntamente o qué ocurre con determinadas deudas deben analizarse de acuerdo con el régimen matrimonial y los documentos que existan.

¿Y los hijos?

El divorcio termina el vínculo matrimonial, pero no termina las responsabilidades de los padres con sus hijos.

La Ley 1306-Bis establece que en el proceso de mutuo consentimiento deben existir acuerdos sobre el cuidado de los hijos durante el procedimiento y después de pronunciado el divorcio.

Divorcio en República Dominicana: ¿qué pasa con los bienes, los hijos y las obligaciones?
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Por tanto, la separación obliga a reorganizar aspectos como el cuidado cotidiano, la convivencia con ambos progenitores y las responsabilidades económicas relacionadas con los menores.

La ruptura de la pareja no elimina la relación parental.

¿Todavía hay que esperar dos años para divorciarse?

No.

Este es uno de los puntos que puede generar confusión porque todavía aparece en versiones antiguas de la Ley 1306-Bis.

El artículo 27 establecía restricciones para el divorcio por mutuo consentimiento, incluyendo un período mínimo de matrimonio. Sin embargo, el Tribunal Constitucional declaró inconstitucional ese artículo mediante la sentencia TC/0226/21.

Por tanto, no debe presentarse como requisito vigente que una pareja tenga que esperar dos años de matrimonio para solicitar el divorcio por mutuo consentimiento.

El divorcio es más que una firma

Los 24,711 divorcios registrados en 2025 muestran que miles de matrimonios llegan cada año a este punto.

Pero cada proceso tiene particularidades.

Puede haber hijos, propiedades, deudas, negocios, acuerdos económicos o simplemente dos personas que necesitan reorganizar sus vidas después de dejar de ser pareja.

Por eso, aunque el divorcio ponga fin legalmente al matrimonio, no necesariamente pone fin a todas las obligaciones y relaciones que se construyeron durante él.

Y cuando hay hijos, esa diferencia es todavía más importante: termina el vínculo matrimonial, pero continúa la responsabilidad de ambos como padres.

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Sobre el autor

Katherine Espino

Katherine Nicole Espino Cuevas. Periodista, locutora profesional y CMM. Máster en Comunicación Política Avanzada por Next Educación (Madrid). Amante de la escritura bien hecha, las historias con sentido humano y las causas sociales. Creo en la comunicación con propósito, en los valores y en la fe que transforma.