Aspiraciones constitucionales

Aspiraciones constitucionales

Aspiraciones constitucionales

Nassef Perdomo Cordero, abogado.

Algo muchas veces perdido de vista en el debate sociales que cada sistema constitucional es único.

Las constituciones son herramientas de convivencia que ayudan a solucionar los retos que tiene cada sociedad ante sí. Por eso, ningún esquema o institución constitucional es un traje prêt-à-porter que sirve por igual a todas las sociedades.

De la misma forma en que cada sociedad tiene sus particularidades, así las tienen las constituciones llamadas a aplicarse en ellas. Ignorarlo induce a error, sobre todo cuando se asumen irreflexivamente tendencias constitucionales que han sido exitosas en otros contextos. Los bloques que encajan bien en otros sistemas pueden estorbar la maquinaria del propio.

No quiere esto decir que conviene evitar las reformas constitucionales: todo lo contrario. Como herramienta humana aplicable en un contexto cambiante, las constituciones requieren de ajustes frecuentes.

El mito local de que nuestra Constitución es de las más reformadas del mundo no está ni cerca de ser cierto ni nos lleva a ningún lugar útil.

Sobre todo cuando, como en el caso dominicano, la Constitución no es un reflejo de los logros alcanzados por la sociedad, sino de los que aspiramos a obtener. No tomar esto en cuenta es un error frecuente entre nacionales y foráneos.

No es infrecuente que se pregunte a los dominicanos por qué constitucionalizan derechos que el Estado no es capaz de garantizar. Sucede porque en nuestra cultura constitucional la Carta Magna es una meta que nos impulsa a alcanzarla y con ello nos hace mover a la sociedad en el sentido que queremos.

Todo lo cual nos lleva a tener cuidado con lo que nos proponemos constitucionalizar. Pensar que el buen funcionamiento de una institución en playas extranjeras nos garantiza éxito es un simple espejismo.

Tampoco debemos confundir los mecanismos con los objetivos. Nociones como “independencia” se han convertido en significados vacíos o, peor, en objetivos en sí mismos.

Si bien es beneficioso proveer al Ministerio Público de mayor autonomía, no debemos olvidar que la aspiración de los dominicanos es tener un sistema judicial que funcione, no la consagración de un órgano extra poder por el simple hecho de consagrarlo.

Reitero, las constituciones son herramientas que deben ser actualizadas cada vez que las circunstancias y la voluntad social coincidan en que se amerita.

Sin embargo, el debate debe estar anclado con una consideración minuciosa de nuestra realidad particular, que no siempre coincide con recetas predeterminadas.



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