Asientos del Registro Civil se realizarán con firma digital

Asientos del Registro Civil se realizarán con firma digital

Asientos del Registro Civil se realizarán con firma digital

El Senado convirtió en Ley la iniciativa de Registro Civil con votación unánime de todos los presentes acogiendo así las modificaciones de la Cámara de Diputados y recibiendo elogios del presidente de la Junta Central Electoral (JCE).

Entre los aspectos que destacan la nueva Ley, se encuentran la facultad legal que se da a la JCE para que pueda trabajar con datos electrónicos y físicos y hacer uso de la firma digital.

El proyecto había iniciado su proceso legislativo en marzo de 2022 siendo aprobada en julio de ese mismo año y remitida a la Cámara de Diputados que finalmente la aprobó el pasado once de enero.

La Ley cuenta con doscientos veinte artículos y que regirá las actuaciones del Registro Civil, sustituirá en caso de ser promulgada, a la Ley 659 del 17 de julio de 1944 y que considerada como obsoleta por las actuales autoridades de la Junta Central Electoral (JCE).

Este fue uno de los principales argumentos para provocar su modificación pues se requería que el texto legal respondiera a las necesidades del presente y que permitiera el uso de las nuevas tecnologías.

Sobre el particular, el artículo seis de la Ley brinda el soporte legal para que el registro civil pueda ser tanto físico como electrónico.

Indica que los datos serán objeto de tratamiento automatizado y se integrarán en una base de datos única, cuya estructura, organización y funcionamiento seguirá siendo competencia de la JCE.

Deja destacado que todos los actos que hayan sido registrados en libros físicos tendrán fuerza de Ley y validez probatoria.

Igualmente los oficiales del Estado Civil y sus suplentes dispondrán de certificados electrónicos, mediante los cuales se firmarán los asientos del Registro Civil con firma digital.

Plazo de 24 meses

Una vez sea promulgada, la JCE tendrá que automatizar los libros de registros en un plazo de veinticuatro meses, procediendo a digitalizar todos los libros físicos donde se hayan asentado los actos del Estado Civil.

La JCE también es facultada para crear, suprimir, trasladar, limitar o ampliar las circunscripciones en todo el ámbito nacional e internacional de las oficialías del Estado civil.

La designación de los empleados será competencia del Pleno que a su vez se regirá por la Ley orgánica que le sustenta.

La Ley crea a su vez el Sistema Nacional de Registro Civil y conecta con entidades como Relaciones Exteriores, Salud Pública, Interior y Policía, Oficina Nacional de Estadística y el Ministerio Público las que fungirán como colaboradoras y deberán suministrar al órgano rector las informaciones que sobre el registro le sean requeridas.

Serán registrados nacimientos, reconocimientos, matrimonios (canónicos y religiosos), divorcios, reconstrucciones y transcripciones de actas.