SANTO DOMINGO.-En los inicios de los trabajos de la Asamblea Nacional para conocer una reforma a la Constitución, se avanzó rápidamente y fueron aprobados cambios a seis artículos de la carta magna.
La jornada que estaba pautada para empezar a las dos de la tarde, lo hizo una hora y media después aunque con una participación de 212 legisladores presentes de 222 posibles.
Cantidad diputados
Fue aprobado modificar el artículo 81 de la Constitución que versa sobre la composición de la Cámara de Diputados.
Finalmente, los del PRM le doblaron el pulso al Ejecutivo y la reducción de curules no será de 53 como propuso Luis Abinader, sino de veinte.
Esta reducción se considerará de los diputados de circunscripciones nacionales, cuyas plazas serán distribuidas en proporción a la densidad poblacional, no teniendo ninguna provincia menos de dos diputados.
En total, los diputados serán ciento cincuenta y ocho elegidos por circunscripción territorial, cinco diputados elegidos a nivel nacional por acumulación de votos y siete en representación de la diáspora.
Abogado Estado
Otro de los cambios lo sufrió el artículo 166 y el 167 que establecen la creación de un procurador general administrativo (cuya creación nunca se concretó), que en lo adelante se llamará abogado general del Estado.
La figura es definida como el representante permanente de la Administración pública ante la Jurisdicción Contenciosa Administrativa.
Indica también que una ley establecerá los requisitos que debe cumplir y regulará la representación de los demás órganos y organismos del Estado ante la misma jurisdicción. Para el ejercicio de sus funciones, el abogado general de la Administración pública contará con abogados adjuntos y, si procede, por los abogados que esta designe.
Ministerio Público
En cuanto al Ministerio Público, se decidieron modificar los artículos 169, 171 y 178, este último sobre la integración del Consejo nacional de la Magistratura (CNM).
En lo adelante, el procurador general de la República será escogido por CNM por un período de cuatro años, pudiendo ser ratificado o cambiado a los dos años de su elección.
Será el presidente de la República, el único facultado para proponer ante el CNM, y el propuesto deberá estar ausente de la actividad política con por lo menos cinco años antes de su elección.
Mientras que será parte del CNM en sustitución del procurador general, el presidente del Tribunal Constitucional.
El grito de Gustavo
Visiblemente airado, el vocero del bloque de diputados del opositor Partido de la Liberación Dominicana, Gustavo Sánchez, afirmó que “aquí se sabe todo lo que va a pasar, aquí se viene a leer lo decidido, aquí no hay consenso alguno”.
Sánchez atribuyó a un guion preelaborado, las propuestas de los legisladores del oficialismo, anticipando que sólo serían aprobadas las iniciativas que hubieren sido validadas por el Partido Revolucionario Moderno.
La tardanza
Los trabajos se extendieron hasta las ocho de la noche, debido básicamente al modelo de votación manual. El presidente de la Asamblea, Ricardo de los Santos, indicó que sí era posible un sistema de votación automatizada, pero que el salón de la Asamblea carecía de dicha tecnología.
Esto provocó que se tuviera que recurrir a un conteo ordinal, conforme lo establece el reglamento de la Asamblea Nacional.
En el mismo se consignan dos posibles modalidades de votación: una de ellas es nominal y se efectúa llamando a cada asambleísta por su nombre.
La otra modalidad es más práctica y se denomina ‘votación registrada’, y se realiza con el asambleísta levantando un rótulo u otro distintivo o dispositivo visible, en el que consta su nombre y el número de asiento.
Lo que sigue
—1— Convocatoria
Los trabajos continúan hoy a las diez de la mañana para conocer el resto de los puntos propuestos a saber, la unificación de las elecciones y la aprobación de una cláusula pétrea a la repostulación presidencial.
—2— Evaluación
Al completar los pendientes, una comisión evaluadora tendrá cinco días para corrección.