Andeclip pide tener voz y voto en el Consejo de la Seguridad Social

Santo Domingo.- La Asociación de Clínicas y Hospitales Privados (Andeclip) ha presentado una serie de propuestas para reformar la Ley de Seguridad Social (Ley 87-01), con lo que buscan tener voz y voto en el Consejo Nacional de la Seguridad Social (CNSS).
De ahí que la principal demanda se centra en la modificación del artículo 23 de la ley, que tiene que ver con la integración del CNSS, para ser parte de miembros y tener una mayor participación.
El presidente de Andeclip, Rafael Mena, consideró que deben ser incluidos como entidad con voz y voto, por ser las clínicas privadas responsables del 50% de los servicios médicos ofrecidos a la población, lo que justificaría su representación directa en las decisiones del CNSS.
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Todo lo anterior, subrayó, sólo puede ejercerlo el presidente de la República como máximo representante del Poder Ejecutivo.
Esta forma parte de varias propuestas y sugerencias presentadas por Mena, durante el simposio denominado “Reformando la Seguridad Social desde una Visión Legislativa”.
De igual forma, propuso que el presidente del CNSS sea el ministro de Salud Pública y no el de Trabajo, debido a que es una persona que tiene conocimientos médicos y del propio sistema de salud.
Sin embargo, cabe resaltar que la seguridad social no sólo incluye al sector salud, sino también riesgos laborales y sistema de pensiones.
Actualmente, el consejo está integrado por el sector gubernamental, donde convergen representantes de los ministerios de Trabajo, Salud y el Banco Central; además, el Colegio Médico Dominicano (CMD), así como el sector empleador y laboral.
Andeclip muestra preocupación por deudas de afiliados
Mena expresó su preocupación por las deudas incobrables generadas por pacientes o afiliados a las Administradoras de Riesgos de Salud (ARS) sin cobertura o con consumo superior a su plan, que acuden frecuentemente a las prestadoras de servicios de salud, dígase centros de salud, médicos y laboratorios.
Por esto sugirió se les asigne a las clínicas en el presupuesto nacional una partida para esas deudas o se autorice una reducción en el pago del impuesto sobre la renta.
A esto añadió la forma en que la Dirección de Información y Defensa de los Afiliados (DIDA) se acerca a las prestadoras de servicios de salud y sus mecanismos de actuación.
Señaló que la aplicación de la ley en lo referente al equilibrio financiero se hace necesaria para que las prestadoras de servicios de salud puedan aplicar de manera efectiva los aumentos salariales a sus empleados y contribuir a los costos de su mantenimiento.
Además, dijo que debe establecerse el derecho de las prestadoras de servicios de salud de recibir pagos en un plazo máximo de 30 días, con la fiscalización y sanción por parte de la Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales (Sisalril).
Planteó, además, que el CNSS designe una comisión para resolver las controversias relacionadas con el pago de las glosas, pues muchas de ellas afectan de manera considerable las prescripciones médicas completas del paciente.
También demandó que se cumpla con el ajuste por inflación a las prestadoras de servicio de salud, tal y como lo dispone el numeral R del artículo 22 de la indicada ley. Ese ajuste, asegura, no se ha llevado a cabo y ha contribuido de manera directa con el cierre y quiebra de múltiples clínicas privadas
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Yamer Javier
Periodista especializada en la fuente de salud. Máster en Comunicación Estratégica y Relaciones Públicas,