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Ambientalista afirma que arrendamiento de Isla Cabra sería “funesto”

  • Expertos alertan sobre daños irreversibles al ecosistema marino y violaciones a la Ley 202-04

Santo Domingo.– Además de estar prohibido por ley, el posible arrendamiento de la Isla Cabra, en Montecristi, por parte de una firma extranjera, representaría un precedente “funesto” para el Sistema Nacional de Áreas Protegidas de la República Dominicana.

La advertencia la hizo el ambientalista José Manuel Mateo, miembro de la Academia de Ciencias de la República Dominicana, quien recordó que los espacios protegidos no pueden ser enajenados en favor de particulares, por lo que el arrendamiento tampoco debe permitirse.

“Si esto llegara a realizarse sería un precedente funesto para el sistema, pues abriría la puerta para repetirlo en cualquier área protegida del país. Recuerde que el desarrollo en Pedernales se está haciendo fuera del Parque Nacional Jaragua, bajo esos mismos criterios, a pesar de las presiones para enajenar Bahía de las Águilas”, deploró.

También citó el caso del Parque Nacional Cotubanamá (anteriormente Parque Nacional del Este), cuando se otorgó un permiso al empresario Pepe Hidalgo para construir hoteles, autorización que luego fue revocada bajo los mismos criterios legales.

El exdirector de Áreas Protegidas del Ministerio de Medio Ambiente señaló que, si se otorga un permiso de esa naturaleza a una empresa, habría que hacerlo con todos los que lo soliciten, o de lo contrario se estaría estableciendo un privilegio.

Con varios permisos, advirtió, el lugar terminaría convertido en un centro de desarrollo tradicional y no en un área protegida, como establece la Ley 202-04.

Esta Ley Sectorial de Áreas Protegidas, promulgada en 2004, busca garantizar la conservación de ecosistemas representativos, así como preservar el patrimonio natural y cultural del país y asegurar servicios ecosistémicos frente al cambio climático.

Importancia del parque submarino

Mateo destacó que los fondos marinos de la Isla Cabra contienen algunas de las muestras más representativas de arrecifes de coral en la República Dominicana, ecosistemas que sirven de refugio a numerosas especies marinas.

La reproducción de estas especies sostiene la actividad pesquera de cientos de hombres en la región y, además, impulsa el turismo de buceo, una actividad muy demandada a nivel mundial.

El biólogo explicó que la isla forma parte del Parque Nacional Submarino Montecristi y que el objetivo de cualquier área protegida es resguardar su integridad ecológica, su biodiversidad y los procesos que proveen servicios ambientales a la sociedad.

“Cualquier actividad que afecte esos objetivos es totalmente incompatible con su designación”, afirmó.

¿Se puede hacer turismo en un área protegida?

La respuesta es sí, aclaró Mateo, pero debe realizarse en zonas delimitadas como “Zonas de Uso Público”.

La definición y administración de estos espacios corresponde al Ministerio de Medio Ambiente, a través del Viceministerio de Áreas Protegidas y Biodiversidad.

Esa instancia determina dónde colocar senderos, miradores, centros de visitantes, áreas de picnic y otras facilidades, además de establecer normas y controles para garantizar la conservación.

Sin embargo, recordó que en ningún caso se puede enajenar el territorio en favor de particulares. Generalmente, las visitas se realizan durante el día y los turistas regresan a los alojamientos fuera del área protegida.

“Alguien podrá alegar que en la isla Saona, en el Parque Cotubanamá, hay concesiones. Sí, pero no arrendamientos, ni permisos para construir hoteles en la zona de uso público. Los operadores solo tienen permiso para llevar visitantes durante el día”, aclaró, indicando que cualquier excepción constituye una violación a los criterios técnicos y legales.

Mateo insistió en que el posible arrendamiento es incompatible con la condición de Área Protegida de Isla Cabra, viola la ley y la Constitución, y contradice los objetivos de conservación que rigen estas zonas.

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Periodista con amplia experiencia en temas de medio ambiente y ciudadanía.

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