Ambientalista afirma Ley 368-22 debilita poder Ambiente y alcaldías

Ambientalista afirma Ley 368-22 debilita poder Ambiente y alcaldías

Ambientalista afirma Ley 368-22  debilita poder Ambiente y alcaldías

Cuando se trate de proyectos de envergadura como los mineros , decisión final para ser aprobados recaería en Poder Ejecutivo.

SANTO DOMINGO.-Aún cuando forman parte de la comisión en la toma de decisiones, el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales, así como las alcaldías han perdido parte de su poder a la hora de aprobar grandes proyectos, en la recién aprobada Ley 368-22 de Ordenamiento Territorial, Uso de Suelo y Asentamientos Humanos.

Así lo entiende el ambientalista, Luis Carvajal, quien reconoce la necesidad de esa ley, discutida por décadas y que es requisito para manejar muchos de los aspectos territoriales en el país.

“Lo que se ha aprobado es un avance, pero esta ley incluye una serie de distorsiones como por ejemplo: Al eliminar la evaluación ambiental que debe hacerse, los permisos por municipios cuando las obras sean transmunicipales y ponen en manos de un consejo de ministros este tipo de proyectos, debilita el poder municipal y al Ministerio de Medio Ambiente porque transfiere al Ministerio de Economía, Planificación y Desarrollo responsabilidades de estas entidades”, puntualizó Carvajal.

El biólogo y miembro de la Academia de Ciencias de la República Dominicana
dijo que al debilitar parte del poder municipal y transferirlo a un consejo de ministros, es una sobreconcentración de dominio que asume el Poder Ejecutivo.

Cito como muestra que la decisión final del uso del territorio, que, aunque hay un nivel de consulta del Ministerio de Medio Ambiente, la jerarquía de decisión sobre aspectos como la fragilidad del entorno, sus potencialidades y forma de ordenar el aprovechamiento y la distribución de las actividades sociales, económicas y lúdicas, ahora actúa como última figura del eslabón.

De acuerdo con Carvajal, cuando entre en vigencia la pieza legislativa, se manejarán como “transmunicipales” los megaproyectos mineros, turísticos e industriales, y por tanto cambia la jerarquía de decisiones institucionales, y, aunque relegado a las normas, al igual que en la Constitución, la ley ambiental y la de Áreas Protegidas, la decisión del “Consejo de Ministros” tendrá la última palabra.

A pesar de que la ley reconoce la importancia estratégica del agua como eje de todo ordenamiento no establece, como proponía el proyecto, una cuota máxima a partir del cual quedan vedadas actividades como la megaminería metálica y otros usos intensivos con amplitud para afectar la capacidad de captación y redistribución de los recursos hídricos.

Afirma que era por ley que habría que establecer sí la actividad minera se realizaría por encima de los 800 metros, porque de ser así no se registrarán los debates con empresas como Gold Quest, y otras 39 concesiones y la UniGold, que por la altura y estar muy cerca a cursos de agua es irracional que se conviertan en zonas mineras.

Antes de aprobarse la ley, el presidente de la Federación Dominicana de Municipios, Kelvin Cruz, advirtió que debía quedar claramente definido y establecido en el proyecto de ley la potestad de regular y gestionar el uso de suelo y ordenamiento territorial municipal corresponde a los ayuntamientos.

Carvajal alega alcaldías deben incoar recurso TC
Reclamos. A entender del ambientalista Luis Carvajal las alcaldías del país deberán elevar una instancia ante el Tribunal Constitucional para restaurar las funciones que les son arrebatas en la Ley 368-22 en franca violación de lo establecido en la Carta Magna de la nación.

En una carta del presidente de la Federación Dominicana de Municipios Kelvin Cruz, dirigida a los presidentes del Senado y la Cámara de Diputados, Eduardo Estrella y Alfredo Pacheco, les había alertado el interés de prevenir conflictos de competencias, interpretaciones confusas y eventuales reclamos que, por la vía del Tribunal Constitucional, invaliden la legislación que emane del Congreso Nacional.