Alertas migratorias

Alertas migratorias

Alertas migratorias

Nassef Perdomo Cordero, abogado.

Independientemente del caso que las puso de relieve, o de su devenir, lo cierto es que en nuestro país es necesaria la discusión sobre las alertas migratorias.

Cuando formé parte del equipo que apoyó la reforma del Código Procesal Penal escuché muchas veces a Alberto Binder decir que, en el fondo, el principal obstáculo para un sistema de justicia democrático es la cultura que siglos de prácticas inquisitoriales han enquistado en la práctica de los procesos penales.

Llevaba razón, y eso se manifiesta de muchas maneras. Una de ellas es, precisamente, la pretensión sistémica de ver los derechos como simples obstáculos para la acción persecutoria del Estado.

Esto explica que en el país todavía se aplique esta medida por vía administrativa, incluso contra la voluntad expresa de la procuradora general de la República.

Ni la constitucionalización del catálogo amplio de derechos vinculados al debido proceso ni la reforma total del fundamento legislativo del proceso penal han logrado eliminar estos impulsos y prácticas. Por ejemplo, la limitación al derecho al libre tránsito de un ciudadano sometido a una investigación no puede hacerse deforma indiscriminada.

Son muchos los motivos para ello, y uno de los más elementales es que no existe en nuestro ordenamiento jurídico ninguna norma que permita tomar decisiones de este tipo sin que sean sometidas a revisión jurisdiccional en plazo brevísimo.

Y tampoco podrían existir, porque nuestra Constitución establece al juez como garante de las libertades personales frente a los hechos de la Administración.

Por tanto, es ilícita cualquier facultad que atente contra ese orden de cosas constitucional.

La persecución del delito es importante, pero no lo justifica todo. Nuestro sistema jurídico se fundamenta en la Constitución de la República, y esta establece derechos de las personas y límites a las facultades del Estado, convirtiendo el debido proceso en uno de sus principios más importantes.

Es bueno que la Procuraduría General de la República se desmarcara de esos procederes y que asentara claramente su opinión de que son ilegales. Sin embargo, persisten y es necesario eliminarlos en este y todos los casos.