La acusación culmina un proceso de investigación que haya descartado las hipótesis de descargo de un ciudadano.
Debe contar con elementos robustos que permitan sostener una hipótesis sencilla, creíble, coherente y que haya confirmado las hipótesis complementarias. Solo con esta un acusado puede ser condenado por lo que le es imputado.
La inculpación debe estar, además, fundada en pruebas legales en su origen y en su proveimiento, además de dar cuenta irrefutable de su vinculación con las proposiciones que de los hechos haga el Ministerio Público, así como con las conductas penales previstas en las leyes penales.
No puede tratarse, pues, de una historia de débil sustento probatorio y mucho menos de afirmaciones de los hechos sin pruebas servibles, útiles, pertinentes y relevantes. Se trata de destruir el estado de inocencia del que goza el acusado, cuya labor incumbe al Ministerio Público.
Para la teoría probatoria le bastaría a la defensa de un imputado demostrar que las pruebas fueron obtenidas ilegalmente, que son impertinentes -no hacen relación con los hechos de la acusación- y no tienen credibilidad, pues no dan en la diana que destruyan la presunción legal de inocencia.
Llegar a una teoría fáctica, jurídica y probatoria fuerte que permita enervar el estado de Inocencia es el reto del Ministerio Público en el juicio penal.
Si este trípode carece de robustez no podrá pasar el estándar requerido constitucional, convencional y legalmente para obtener la declaratoria de responsabilidad penal y deberá imponerse el descargo del acusado.
El juicio es el escenario en el cual deben pasar la prueba de esfuerzo, en grado óptimo de calidad y seguridad, las afirmaciones probatorias del Ministerio Público por su carácter de verdad.
El que el Ministerio Público afirme, narre unos hechos relacionados con comportamientos penales castigados en la norma y que enuncie pruebas como asociadas a los hechos relatados no es suficiente para una condena penal.
Afirmar no es probar en derecho. La prueba es un elemento esencial de un proceso justo (Bustamante Alarcón), esto es de un juicio que pase el examen de la fuerza probatoria, como aptitud que tiene un medio de prueba para demostrar la existencia o inexistencia del hecho imputado. La falta de valor y certeza de la prueba obliga al descargo del acusado.