Afiliados al Seguro Familiar de Salud y planes de pensionados no pagarán excesos en cuidados intensivos por COVID-19

Afiliados al Seguro Familiar de Salud y planes de pensionados no pagarán excesos en cuidados intensivos por COVID-19

Afiliados al Seguro Familiar de Salud y planes de pensionados no pagarán excesos en cuidados intensivos por COVID-19

SANTO DOMINGO.-Los afiliados al Seguro Familiar de Salud (SFS) y  planes especiales de pensionados y jubilados afectados por el COVID-19 no pagarán los excesos de gastos en Cuidados Intensivos por procedimientos y medicamentos incluidos en el catálogo del Plan Básico de Salud

La disposición, emitida mediante resolución por la Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales (Sisalril), establece que las Administradoras de Riesgos de Salud (ARS) debe cubrir estos gastos y reconocer retroactivamente los pagos que hayan realizado estos pacientes, a partir del 19 de abril del presente año.

Así mismo, las ARS cubrirán los días de internamiento que con posterioridad a los de Cuidados Intensivos, sean necesarios para la recuperación de estos pacientes.

La medida está contenida en la Resolución No. 231-2020, establece que los interesados deberán presentar a las ARS sus respectivas facturas, número de Cédula de Identidad, y/o Número de Seguridad Social (NSS) y una carta de solicitud, todo lo cual puede ser remitido por medios electrónicos.

Dicha decisión estará vigente hasta tanto persista la emergencia epidemiológica nacional.

Esta cobertura adicional transitoria cubre el exceso de gastos por Cuidados Intensivos, después que se haya agotado las coberturas del Plan Básico de Salud y los Planes complementarios o voluntarios que posea el afiliado. De esta manera se evita que las familias tengan que afectar su presupuesto familiar por esta causa.

Se recuerda que mediante la Resolución No. 229-2020, las pruebas de PCR para confirmación del COVID-19 están cubiertas por vía de las ARS para toda persona afiliada o no a la Seguridad Social, y los copagos (cuotas moderadoras) por concepto de internamiento en aislamiento hospitalario, con base al acuerdo firmado entre las ARS y ANDECLIP, el pasado 05 de abril.

La SISALRIL reconoce a las ARS y a los Prestadores de Servicios de Salud (PSS) públicos y privados su disposición de contribuir en el contexto de la epidemia de COVID-19, a facilitar el acceso de la población a las atenciones necesarias y a lograr mediante consensos, reducir el impacto financiero de los enfermos en la economía de sus familias. Todos estos avances han sido posibles mediante acuerdos entre las ARS, los PSS y la SISALRIL.



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