SANTO DOMINGO.- Los adicionales y dependientes de los más de 600 mil empleados del sector formal que fueron suspendidos de sus trabajos tendrán cobertura en su seguro de salud por 60 días, siempre y cuando sus empleadores hayan pagado la cuota de febrero 2020 a la Tesorería de la Seguridad Social (TSS).
La medida fue acogida por el Consejo Nacional de la Seguridad Social (CNSS) debido al estado de emergencia en que se encuentra el país por la pandemia del Covid-19.
Mediante la emisión de una resolución el CNSS también dispuso mantener la cobertura a los hijos dependientes que cumplan 18 y 21 años durante el estado de emergencia siempre y cuando sean estudiantes.
“Consideramos que esta resolución le da respuesta a los miles de afiliados que han sido suspendidos de sus empleos debido a la cuarentena por la pandemia del COVID: 19. Con esta resolución el CNSS se adhiere a las medidas tomadas por el Gobierno en procura de proteger a los trabajadores”, manifestó el gerente general del CNSS, Rafael Pérez Modesto.
Resaltó que dicha resolución además se extendió a 90 días el plazo de cobertura de los recién nacidos para garantizarles los beneficios del SDSS, sin contar con el Número de Seguridad Social (NSS) y permitir a las Administradoras de Riesgos de Salud (ARS) realizar el reclamo retroactivo de los per cápitas correspondientes desde el mes de marzo hasta mayo del 2020.
Estos afiliados no tendrá disfrute de las prestaciones de dinero, mientras dura el tiempo de suspensión.