Actual Cámara de Cuentas generó escándalo a su entrada y a la salida

Actual Cámara de Cuentas generó escándalo a su entrada y a la salida

Actual Cámara de Cuentas generó escándalo a su entrada y a la salida

Cámara de Cuentas

SANTO DOMINGO.– Los actuales miembros de la Cámara de Cuentas protagonizan su segundo escándalo desde que asumieron la dirección de esa entidad a principio de febrero del año 2017, y a la vez constituyen el segundo pleno que pudiera ser sometido a un juicio político justo cuando cumplen sus últimos meses de gestión.

En el año 2007 el pleno dirigido por Andrés Terrero y conformado por Henry Mejía, José A. Ma-ceo, Juan Adalberto Lora Ruíz, Freddy Almonte Bri¬to, Luis Yepez Suncar, José Altagracia Gregorio, Uli¬ses de Veras de la Cruz y Alcides Benjamín, generaron un escándalo por problemas internos que les llevó a la infuncionalidad e inoperancia, provocando un juicio político que terminó con la renuncia de los titulares antes de que el Senado emitiera el veredicto, siendo Alcides Benjamín el único en ser destituido porque no renunció antes.

Anteriormente el pleno de la Cámara de Cuenta estaba compuesto por nueve miembros, lo que cambió a partir del 16 de agosto del año 2010 luego de que la Asamblea Nacional Revisora de la Constitución aprobó en abril de 2009 que solo sean cinco los integrantes del pleno, y que podrán ser profesionales de otras carreras como contabilidad o administración.

A un año de haber asumido, el pleno actual generó un avispero tras auto-aumentase los salarios, hasta 423 mil 500 pesos mensuales el presidente Hugo Álvarez, para un incremento de 73 mil 500. Previamente devengaba un salario de RD$350,000.00, mientras que los demás jueces pasaron de 313 mil 304 pesos a RD$379,097.84.

Al final de sus días como funcionarios aparentemente el actual pleno de la Cámara de Cuentas no saldrá por la puerta grande, ya que han sido interrogados varias veces por la Procuraduría Especializada Contra la Corrupción Administrativa (Pepca), por supuesta obstrucción a la justicia, alteración de auditorías y asociación de malhechores.

Los funcionarios han sido citados por el Ministerio Público para que declaren sobre manejos irregulares para impedir el suministro de los informes requeridos para el desarrollo de las investigaciones llevadas a cabo por corrupción administrativa, lavado de activos e infracciones conexas, de acuerdo a la Procuraduría General.

El expresidente de la Cámara, Andrés Terrero, considera que un posible juicio político en contra de los jueces de la Cámara dependerá de lo que sean acusados, y como el periodo para el que fueron escogidos está terminando, si la acusación llega luego de que estén fuera del cargo, serían juzgado en una jurisdicción ordinaria.

Recordó que la Constitución establece que los miembros de la Cámara de Cuentas, cuando son acusados de algo en particular, se les debería hacer un juicio político en el Congreso Nacional.

“Todo es posible, pero no puedo decirle porque en el caso de nosotros fue muy diferente, fue un problemas de conducta interna y personales entre los miembros, que no fue hubo nada pecaminoso”, sostuvo Terrero a EL DÍA.

En octubre del año pasado el presidente Luis Abinader clavó la primera espina contra los miembros de la Cámara de Cuentas, al afirmar que la entidad responsable de auditar y fiscalizar, nunca ha auditado a fondo ni en serio a ninguna entidad pública, y acusándola de que responde a los intereses del Partido de la Liberación Dominicana

“Esta Cámara de Cuentas es parte de su blindaje y sus miembros ya deberían haber renunciado”, expresó Abinader en un discurso dirigido a la nación.

Acusación

De acuerdo al artículo 10 de la ley 10-04 de la Cámara de Cuentas, esta tiene entre sus funciones practicar auditoría externa financiera, de gestión, estudios e investigaciones especiales a los organismos, entidades, personas físicas y jurídicas, públicas o privadas, sujetos a esta ley.

Solicitar a quien corresponda, toda la información necesaria para cumplir con sus funciones.

Tener acceso irrestricto a las evidencias documentales, físicas, electrónicas o de cualquier otra naturaleza, necesarias para el cumplimiento de sus atribuciones de auditoría, estudios e investigaciones especiales de la gestión pública y de las personas físicas o jurídicas de carácter privado, sujetas al ámbito de esta ley.

Requerir a la autoridad competente la aplicación de sanciones administrativas a los servidores públicos que no colaboren con el personal de la Cámara de Cuentas para el adecuado cumplimiento de sus funciones, o que de alguna manera obstruyan el buen desenvolvimiento de las mismas.

Investigar las denuncias o sospechas fundamentadas de hechos ilícitos contra el patrimonio público, o apoyar, si es el caso, las labores de los organismos especializados en la materia, entre otras atribuciones.