El silencio del acoso laboral: ¿Lo sufres? aprende a reaccionar
El acoso laboral, también conocido como mobbing, se refiere a una serie de comportamientos hostiles, repetitivos y prolongados en el tiempo dentro del entorno de trabajo.
Estas acciones pueden incluir intimidación, humillaciones, amenazas o sobrecarga excesiva de tareas con el propósito de afectar negativamente la dignidad, salud y estabilidad emocional del trabajador.
En República Dominicana, este problema aún enfrenta importantes retos en cuanto a su regulación y prevención.
El silencio del acoso laboral: ¿Lo sufres? aprende a reaccionar
Marco legal
En la actualidad, el país no cuenta con una legislación específica que aborde de manera detallada el acoso laboral. Sin embargo, el Código de Trabajo establece en su artículo 46, numeral 8, que los empleadores tienen la obligación de tratar con respeto a sus trabajadores, evitando cualquier forma de maltrato verbal o físico.
Además, el artículo 47, numeral 9, prohíbe a los empleadores y sus representantes incurrir en acoso sexual.
Está prohibido a los empleadores:Ejercer acciones contra el trabajador que puedan considerarse de acoso sexual, o apoyar o no intervenir en caso de que lo realicen sus representantes.
Art. 47, 9 Código Laboral
En cambio, la Ley 24-97, que modifica el Código Penal, tipifica y sanciona el acoso sexual en el ámbito laboral, pero no aborda de manera exhaustiva otras formas de acoso laboral.
El acoso sexual se castiga con un año de prisión y multa de cinco mil a diez mil pesos. El acoso sexual en los lugares de trabajo da lugar a dimisión justificada de conformidad con las previsiones de los Artículos 96 y siguientes del Código de Trabajo, sin perjuicio de otras acciones que pueda intentar la víctima.
Art. 333-2 de la Ley 24-97
Estadísticas y realidad actual
La falta de una legislación específica para el acoso laboral dificulta la recopilación de datos concretos sobre su impacto en República Dominicana.
El silencio del acoso laboral: ¿Lo sufres? aprende a reaccionar
De hecho, el problema podría estar siendo subestimado o tal vez no se denuncia con la frecuencia necesaria.
Cómo buscar ayuda
A pesar de la ausencia de una legislación específica, las víctimas de acoso laboral pueden tomar las algunas medidas, como interponer una denunciainterna, es decir, informar la situación al departamento de recursos humanos o a la administración de la empresa.
De igual modo, en caso de que no sea suficiente para el acosador la denuncia interna, la víctima tiene derecho a presentar una denuncia ante el Ministerio de Trabajo, que puede mediar en conflictos laborales y orientar sobre los pasos a seguir.
En casos graves, se recomienda acudir a la jurisdicción penal, especialmente si el acoso incluye conductas tipificadas como delitos, como el acoso sexual.
Además, el Poder Judicial dispone de un formulario electrónico para casos relacionados con acoso sexual y laboral, así como para cuestiones de discriminación.
Solución
El acoso laboral es un problema que afecta tanto a la salud de los trabajadores como a la productividad de las empresas.
Aunque en República Dominicana aún no existe una ley específica que lo sancione de manera integral, los empleados pueden recurrir a diferentes instancias para denunciar estos abusos. La prevención y la educación son claves para fomentar un ambiente laboral saludable y libre de violencia.