SANTO DOMINGO.-Abogados de varios presos mayores de 60 años que han dado positivo al coronavirus denunciaron que solicitaron el cambio provisional de modalidad de cumplimiento de la pena de sus clientes, pero no ha sido posible, debido a que el Ministerio Público se opone.
Los abogados dijeron a El Día que sus representados tienen la enfermedad, de acuerdo a los resultados de las pruebas que le hicieron, y que se encuentran delicados de salud, sin embargo, les han negado variar la prisión porque el Ministerio Público objeta el pedimento.
El jurista José Rafael Ariza dijo que tiene tres representados mayores de 60 años que dieron positivo a la prueba de coronavirus COVID-19, y le han rechazado la solicitud de variación de modalidad en el cumplimiento de la pena.
El jurista manifestó que esos internos afectados con la enfermedad no han sido favorecidos con la variación de la modalidad porque el Ministerio Público no ha opinado ante el tribunal a favor de ninguno.
“No han soltado un solo preso bajo la modalidad, eso ha sido un disparate, es más los jueces dicen que la Procuraduría ni siquiera ha opinado favorable en ninguna”, dijo Ariza.
Agregó que uno de sus representados, Rafael Alcántara, implicado en el caso “DollHause” quien dio positivo al Coronavirus (COVID-19), fue trasladado a un centro de salud para que reciba el tratamiento porque intervino la embajada norteamericana, ya que es de nacionalidad estadounidense.
Mientras, que el abogado Miguel Valerio aseguró que la cárcel de Najayo está invadida del Coronavirus (Covid-19), y que uno de sus representados, Roberto Eduardo López Santiago, quien es un preso preventivo y se encuentra entre “la vida y la muerte”, ya que dio positivo a la prueba de la enfermedad y las autoridades se han negado que sea trasladado.
El profesional de la toga hizo un llamado al procurador de que las instrucciones generales que emitió hace varias semanas, no se han cumplido.
El pasado mes, el procurador general de la República, Jean Rodríguez, solicitó al Consejo del Poder Judicial (CPJ) la habilitación de jueces de Ejecución de la Pena para conocer solicitudes de cambios provisionales de modalidad en el cumplimiento de penas de prisión en establecimientos penitenciarios por arresto domiciliaria, por períodos de hasta 60 días.
Esto con relación a los privados de libertad mayores de 60 años o que presenten previa y probada condición de salud de alto riesgo ante la pandemia del coronavirus (COVID-19).