La Constitución ampara a Maduro
Caracas.-El Tribunal Supremo de Justicia de Venezuela dictaminó ayer que una enmienda a la carta magna no puede tener efectos retroactivos o ser de aplicación inmediata por lo que admitir tal supuesto para acelerar el cese del mandato del presidente Nicolás Maduro vulneraría la Constitución.
“El Constituyente estableció en el artículo 24 lo que la doctrina llama la “irretroactividad absoluta”, por ello la pretensión de enmendar el Texto Fundamental con la finalidad de reducir el mandato del presidente de la República constituiría una retroactividad inconstitucional”, dijo el Tribunal en un comunicado.
Declaró que al conocer una demanda de interpretación ante esa instancia se “determinó que cualquier enmienda que pretenda efectuarse a la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, no puede tener efectos retroactivos en el tiempo o ser de aplicación inmediata; en tanto, admitir tal supuesto constituiría un quebrantamiento incuestionable al ejercicio de la soberanía previsto en el artículo 5 de la Carta Magna, ya que se estaría desconociendo la voluntad del pueblo”.
El dictamen se produjo casi una semana después de que la Asamblea Nacional, controlada ahora por la oposición, aprobó parcialmente en primera discusión un proyecto de enmienda constitucional que reduce el mandato presidencial de seis a cuatro años.
La coalición opositora acordó en marzo impulsar de forma simultánea el referendo revocatorio y la enmienda para acelerar el fin del gobierno de Maduro que alcanzó en 2016 la mitad de su mandato.
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