Sentencia 168-13 impulsó una profunda reforma migratoria

Sentencia 168-13 impulsó una profunda reforma migratoria

Sentencia 168-13 impulsó una profunda reforma migratoria

Santo Domingo.-La sentencia 168-13 ha ido dejando claro con el paso del tiempo que fue el punto de partida para el ordenamiento de lo que por decenas de años era un gran desorden jurídico sobre el tema migratorio, lo cual afectaba hasta a aquellos en cuyo nombre se criticó la disposición del Tribunal Constitucional, pero que finalmente vino a resolverles los problemas que confrontaban.

La citada sentencia esclareció los criterios para conceder la nacionalidad dominicana mediante el jus solis (nacimiento), los cuales estaban vigentes desde 1929, pero como al igual que otros temas había una dualidad de interpretación y no fue sino hasta 2013 cuando el órgano llamado para hacerlo puso la casa en orden en materia de interpretación jurídica.

Esas inconsistencias se observaban hasta en oficiales del Estado Civil, por lo cual unos 60 mil hijos de extranjeros residentes de manera ilegal en territorio dominicano fueron inscritos irregularmente en el Registro Civil, según se desprende de la disposición del Tribunal Constitucional y de la auditoría que recién concluyó la Junta Central Electoral.

La sentencia señala que la excepción del tránsito incluye a todos los nacidos aquí hijos de extranjeros que residen de manera ilegal, pues sus padres no tienen residencia en República Dominicana conforme a las leyes nacionales.

Tardanza en corrección

Sin embargo, la dualidad de interpretación existente antes de la sentencia generó situaciones que el mismo Estado dominicano decidió corregir, pues en parte fueron creadas por negligencias de oficiales del Registro Civil, actuando de buena fe aunque de manera contraria a las disposiciones legales.

La misma sentencia 168-13 señalaba que la tardanza en resolver el problema generaba problemas a los afectados.

“Resulta preocupante, sin embargo, por ser potencialmente atentatorio a los derechos fundamentales de los extranjeros, aunque estén ilegalmente radicados en el país, la tardanza de largos años en solucionar legalmente las irregularidades de las que pueden adolecer sus documentos de identidad”, indica la disposición.

Sin embargo, establece que esa situación no es exclusiva de esos hijos de extranjeros, sino que “esa tardanza afecta por igual a muchos procesos legales de dominicanos en las mismas circunstancias, por lo que no se trata de una política de discriminación, sino, simplemente, de deficiencias del sistema”.

Surge la ley 169-14

Atendiendo esos señalamientos y los reclamos de diversos sectores nacionales y extranjeros, el Congreso votó la Ley 169-14 que crea un sistema especial de nacionalización para beneficiar a esos 60 mil hijos de extranjeros nacidos aquí pero inscritos de manera irregular en el Registro Civil.

Aprovechando una disposición de la misma sentencia 168-13, que ordenaba a la Junta Central Electoral realizar una auditoría de los libros del Registro Civil desde 1929 hasta 2007, fecha esta última en que entró en vigencia el libro de extranjería en el que empezaron a inscribirse los hijos de extranjeros nacidos en este territorio y que no les corresponde la nacionalidad dominicana, fueron identificados los que estaban en esa situación y oficialmente se les concedió la nacionalidad dominicana mediante un mecanismo expedito y automático.

Antes del tiempo previsto por la sentencia, la Junta Central Electoral culminó el trabajo, procesó todos los casos detectados y procedieron a regularizarse conforme disponía la ley 169-14 a todos los que estaban inscritos de manera irregular sin haber cometido fraude.

Solución permanente

Esos ya no tendrán el problema de que se les solicite en el futuro la anulación de sus documentos, pues ya fueron validados como una excepción hecha por el Estado dominicano.

Es decir, la sentencia 168-13 creó las condiciones para que ellos encontraran una solución definitiva a su situación, lo que fue posible gracias a la ley 169-14.

También se abrió un espacio a los que habiendo nacido en territorio dominicano siendo hijos de inmigrantes ilegales no se habían inscrito en el Registro Civil, para que lo hicieran de manera expedita en el libro de extranjería y que en dos años pudieran optar por la nacionalidad dominicana. Unas ocho mil personas se acogieron a esa facilidad.

Ordena Plan Regularización

Pero la misma sentencia ordenó poner en marcha disposiciones dormidas de la Ley General de Migración, lo que dio como resultado que el gobierno dispusiera el Plan Nacional de Regularización de Extranjeros, en el que se han inscrito hasta la fecha unas 205 mil personas, la mayoría de ellas haitianos.

La sentencia calificó como impostergable el Plan Nacional de Regularización dispuesto por le Ley General de Migración (la 285-04). Indica que “el hecho de haber transcurrido casi diez años desde la promulgación de la Ley núm. 285-04, sin que ningún gobierno haya asumido implementar un nuevo modelo de gestión y regularización de los extranjeros ilegales, ha constituido esta imprevisión cuya enmienda resulta actualmente impostergable”.

También adelanta sobre los efectos positivos que tendría el Plan. Indica que “la implementación del indicado Plan nacional de regularización de 1os extranjeros ilegales radicados en el país repercutirá muy positivamente en la vida de cientos de miles de extranjeros, puesto que propiciará la regularización de su estatus migratorio, contribuyendo así, de manera efectiva, a promover y fomentar el respeto a su dignidad y a la protección de los derechos fundamentales inherentes al Estado social y democrático de derecho”.

El dispositivo séptimo de la sentencia 168-13 dispone: “Exhortar al Poder Ejecutivo a proceder a implementar el Plan nacional de regularización de extranjeros ilegales radicados en el país”, lo cual fue posteriormente acogido, implementado, y que el 17 de este mes llegará a su fin beneficiando a más de 200 mil personas.

Las derivaciones positivas de la sentencia

Como puede verse, la sentencia del Tribunal Constitucional eliminó las diferencias interpretativas sobre a quién le corresponde la nacionalidad dominicana, dispuso que la anulación de actas de nacimiento era facultativo de los tribunales y no por disposición administrativa de la Junta Central Electoral, viabilizó la ley 169-14 que permitió validar sus actos del estado civil a los hijos de inmigrantes ilegales inscritos de manera irregular en el Registro Civil y facilitó a los no inscritos el que lo hicieran en el libro de extranjería, además de que dispuso la puesta en marcha de un Plan Nacional de Regularización de Extranjeros que ordenaba la Ley General de Migración, pero que en 10 años no se había ejecutado y ahora está en la fase final.