Santo Domingo.-El juez de la Segunda Sala Penal de la Suprema Corte Juan Hiroito Reyes favorecía que se variara la medida de coerción de prisión preventiva por arresto domiciliario a los imputados Víctor Díaz Rúa y Ángel Rondón o la colocación de dispositivos electrónicos, alegando que los mismos son proporcionales a los fines que se persiguen, que es asegurar la presencia de los acusados en el proceso.
Además, estableció que la medida de coerción no debía ser un castigo, por lo que entendió se les debió variar la prisión.
Esto se dio a conocer ayer en la lectura de manera íntegra de la sentencia de los recursos de apelación interpuestos por los implicados en el caso Odebrecht, donde hubo tres votos disidentes.
Estos fueron de los magistrados Juan Hirohito Reyes Cruz, Esther Agelán Casasnovas y Miriam Germán Brito.
El voto disidente de Agelán Casasnovas señaló que difería en la variación de las medidas de Máximo D’Óleo y César Sánchez, por entender que se trata de un caso grave y complejo por su impacto en la sociedad, razón por lo que consideró se les debía mantener en prisión preventiva por existir peligro de fuga.
Manifestó que la infracción cometida conlleva privación de libertad por posible cómplice o coautor de los hechos que se les imputan.
Además, podrían distraer las pruebas debido a que el Ministerio Público continúa con las investigaciones.
Las razones del voto disidente de la presidenta de la Sala, Mirian Germán Brito, no fueron leídas ayer y serán ofrecidas este viernes a las diez de la mañana.
En declaraciones recientes abogados de Ángel Rondón informaron que solicitarán una revisión de la medida de coerción contra su defendido.