Unidad PLD en juego por diferencias entre sus mayores líderes

Unidad PLD en juego por diferencias entre sus mayores líderes

Unidad PLD en juego por diferencias entre sus mayores líderes

Santo Domingo.-La lucha por el control del poder político dentro y fuera del Partido de la Liberación Dominicana (PLD), entre Danilo Medina y Leonel Fernández, tuvo ayer un día muy agitado, y en el que ambos, conforme a los informes, se sintieron satisfechos.

Mientras que seguidores de Fernández le hicieron llegar, por diversas vías, elogios por el contenido del discurso en que fijó su posición frente a los aprestos para modificar la Constitución, una parte de manera presencial en la Fundación Global Democracia y Desarrollo, los de Medina daban noticias de que contaban con los votos de 22 senadores, pero el objetivo era sumar otros tres.

Hasta avanzada la tarde no se conocía de acercamiento entre ellos, aunque se espera que en algún momento lo hagan en privado, ya que las bases no les perdonarían que se conviertan en promotores de una eventual división de la organización fundada por el profesor Juan Bosch, el 15 de diciembre de 1973.

Cesión del poder

En el hipotético caso en que Fernández y Medina, tengan que cesar poder político ante otros escenarios a los cuáles correspondería tomar decisiones relevantes respecto a las pretensiones de reformar la Constitución de la República a los fines de restablecer la reelección presidencial.

El primer escenario lo representa el Congreso Nacional, donde los dos líderes peledeístas tienen ascendencia, en el cual los presidentes del Senado y de la Cámara de Diputados, Cristina Lizardo y Abel Martínez, respectivamente, habrán de jugar roles de poder importantes. La primera sigue a Medina y el segundo a Fernández.

De ser convertido en ley el proyecto de convocatoria de la Asamblea Constitución como ley ordinaria, el siguiente escenarios sería el Tribunal Constitucional, en caso de que sea apoderado de unos recursos de inconstitucionales.

Ley orgánica

En su discurso del lunes, el expresidente Fernández afirmó que se trata de una ley orgánica, por lo que se requiere de la votación de las dos terceras partes de los miembros de las cámaras legislativas en las que se haya conocido la iniciativa.

Este órgano está integrado por Milton Ray Guevara, presidente; Leyda Margarita Piña Medrano, primera sustituta; Lino Vásquez Samuel, segundo sustituto; Hermógenes Acosta de los Santos, Ana Isabel Bonilla, Justo Pedro Castellanos Khouri,Víctor Joaquín Castellanos Pizano, Jottin Cury David, Rafael Díaz Filpo, Wilson Gómez, Víctor Gómez Bergés, Katia Miguelina Jiménez Martínez y Idelfonso Reyes.

En tanto que si tuviera que organizarse un referendo aprobatorio, como también planteó el presidente de los peledeístas, entra a escena la Junta Central Electoral (JCE), que preside Roberto Rosario Márquez. Tiene gran poder en virtud de que a ese organismo le corresponde organizar, además de las elecciones, y velar por un democrático e imparcial proceso electoral, los referendos aprobatorios.

Principios de unidad

En sus estatutos, en el PLD la unidad de este es una condición fundamental de su existencia, y establece que “quien atente contra ella atenta contra el Partido y será sancionado”

También establece que el respeto a los métodos de trabajo y su base teórica, junto al conocimiento y promoción de los objetivos estratégicos y tácticos es la base de la disciplina consciente de las y los miembros, así como de la mística y la unidad.

Además, que la organización se estructura y regula su vida interna apegado al predominio de la mayoría democrática y del respeto a la minoría, y constituye la condición esencial de su cohesión ideológica y metodológica para la unidad de acción.

 

Los estatutos agregan que “todos los miembros deben observar la disciplina partidaria; la minoría se subordina a la mayoría. El Partido reconoce y garantiza los derechos de todos sus miembros y de los organismos intermedios y de base a expresar sus posiciones a lo interno de la organización. Las decisiones democráticamente adoptadas por los organismos superiores son de obligatorio cumplimiento conforme al orden jerárquico. Se habilita el derecho a impugnar de acuerdo a la Constitución, las leyes adjetivas, los Estatutos, los reglamentos y las disposiciones disciplinarias”.



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