¿Una muralla más alta para la información pública?

¿Una muralla más alta para la información pública?

¿Una muralla más alta para la información pública?

Fueron muchos los reclamos para que el Estado cumpliera con el derecho de acceso a la información, reconocido en la Constitución y en los instrumentos internacionales de derechos humanos para garantizar la transparencia, la fiscalización ciudadana de la gestión pública y la disminución de la corrupción.

Esa lucha dio lugar a que el Congreso Nacional aprobara la Ley General de Libre Acceso a la Información Pública, que ha estimulado a la ciudadanía a jugar un rol más activo y consciente para procurar la actuación de los entes públicos de cara al sol.

La apertura de oficinas de Libre Acceso a la Información Pública en entidades públicas y el acceso de la ciudadanía a los tribunales para reclamar el amparo del referido derecho cuando se le niegan informaciones acudiendo a diversas argucias, son algunos de los logros. 

 Pero muchas entidades quieren permanecer en la oscuridad, conociéndose sus propósitos. Luego de diversos anuncios de modificación de la Ley vigente, que pretendía deshacer el derecho, valiéndose de la excusa de razones de intereses públicos supuestamente preponderantes, como los de defensa o seguridad del Estado y el funcionamiento del sistema bancario, aparece un “Proyecto de Ley de Acceso Regulado a los Datos e Información Públicos”, del diputado Alfonso Crisóstomo.

El solo título abre la duda, pues el principio es el acceso general a las informaciones públicas, pero el proyecto pretende regular el derecho fuera del canon constitucional, ignorando que el acceso a la información pública es una condición indispensable para la participación ciudadana y la promoción del respeto efectivo de los derechos humanos. 

Lejos de eliminar formalismos, como el del artículo 7 d), concerniente al requisito de motivación de las razones por las cuales se piden las informaciones, añade que la motivación debe ser seria, sincera, honesta y de buena fe y la confesión bajo juramento del porqué y para qué se piden, con lo que se afectaría mortalmente el fin perseguido por la norma vigente.

En lugar de elevar la muralla para impedir el acceso, lo que mandan los principios democráticos es su reducción.



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