Un tercero imparcial

Un tercero imparcial

Un tercero imparcial

Los numerosos errores contenidos en la solicitud de medida de coerción contra los implicados por el caso de los admitidos sobornos de Odebrecht denotan descuido por parte de los representantes del Ministerio Público que trabajaron en su elaboración.

Esos errores no se pueden atribuir a la prisa, pues las autoridades tenían más de cinco meses trabajando en el caso.

Tampoco se pueden achacar a incapacidad, pues en el Ministerio Público hay personas que han mostrado sobradas capacidades.

La explicación pudiera recaer en la concentración en pocas manos del trabajo de elaboración del expediente de un caso tan complejo.

Otro elemento que ha salido a relucir en este proceso es el desconocimiento de la razón de ser de la solicitud de medida de coerción y la diferencia entre esas audiencias y un juicio de fondo.

El juez especial de la instrucción, magistrado Francisco Ortega, ha tenido que esforzarse por encausar el proceso.
También sobre sus hombros se ha querido poner la responsabilidad de enmendar los errores.

Tanto el Ministerio Público como los abogados de la defensa tienen la obligación de entender que en nuestro sistema procesal el juez es un tercero imparcial, por lo que no se le puede exigir que actúe más allá de lo que las pruebas lícitamente obtenidas y presentadas puedan demostrar.

Una parte y otra deben esmerarse en hacer correctamente su trabajo y no querer delegarlo en el juez.



Etiquetas