Tribunal Constitucional aclara no hay retroactividad en su fallo

Tribunal Constitucional aclara no hay retroactividad en su fallo

Tribunal Constitucional aclara no hay retroactividad en su fallo

Santo Domingo.-El Tribunal Constitucional (TC) afirmó ayer que no hay retroactividad en la sentencia 168/2013, en la que estableció que a los hijos de ilegales no les corresponde la nacionalidad dominicana, y aclaró que   ese fallo  determina la ley aplicable en el momento en que surge el derecho reclamado.

Precisa algunos aspectos  de esa sentencia. El documento  consta de    ocho páginas.

El primer punto en tocar  es con relación al  caso de la señora Juliana Dequis.

El texto señaló que si la reclamante de la nacionalidad dominicana Juliana Deguis Pierre nació en el país con posterioridad a  año 1966, hija de extranjeros en tránsito, “sencillamente nunca ha sido dominicana por jus soli”.

Cuando una sentencia establece que “al momento de su nacimiento el marco legal vigente no le atribuye derecho a la nacionalidad no hace más que declarar una situación conforme a la Constitución y a la ley de entonces, no constituir una situación nueva, por lo que no cabe aquí hablar de una aplicación retroactiva de ninguno de los instrumentos normativos”, contiene el documento.

También resaltó que resultaría “estrictamente  apegado  al principio  de la irretroactividad  de la ley cualquier caso  que eventualmente fuese  evaluado  desde 1929, en vista de que se tomaría  en cuenta la Constitución vigente  ala fecha del nacimiento de la persona de que se trate”.

Esta declaración fue leída  por Rafael Polanco,  su vocero de prensa,  en el cual defiende la sentencia 168/2013 que emitió en septiembre pasado.

El Tribunal Constitucional  con este documento rechazó  los señalamientos de supuestos despojos de nacionalidad y desnacionalización y enfatizó que la sentencia no hace más que contribuir a la regulación de los estatus migratorios de los inmigrantes haitianos que actualmente están en total desamparo legal.

Exhortó a los poderes públicos responsables de la ejecución del Plan Nacional de Regularización de Extranjeros Ilegales   adoptar todas las providencias necesarias para que se aplique con el más absoluto respeto de las prerrogativas del ser humano.



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