Reglamento PLD fija tipos de sanciones a sus miembros

Reglamento PLD fija tipos de sanciones a sus miembros

Reglamento PLD fija tipos de sanciones a sus miembros

SANTO DOMINGO.-Aclaración. El Partido de la Liberación Dominicana (PLD) explicó ayer que su reglamento interno establece que cualquier acción contra miembros es competencia de sus organismos y que deben ser presentadas ante el Tribunal Disciplinario, en alusión a la solicitud de que el senador Félix Bautista y Víctor Díaz Rúa sean destituidos por ser acusados de corrupción.

En el Reglamento de Disciplina y Ética del PLD se considera “falta muy grave” cuando un miembro es condenado por los tribunales de la República en forma definitiva e irrevocable a una sanción penal mayor de tres años de privación de libertad, indicó la entidad política.

El PLD manifestó que es falta muy grave ser condenado por los tribunales por la comisión –en calidad de autor o cómplice– de infracciones penales asociadas a cualquier forma de corrupción administrativa.

Las sanciones a las faltas son separación temporal de sus funciones partidarias por un plazo no mayor de cuatro años, suspensión temporal de sus derechos como miembro por un plazo no mayor de cinco años, expulsión de las filas del partido y expulsión deshonrosa y de por vida de las filas de la organización.

El aspirante presidencial Francisco Domínguez Brito ha pedido la destitución de sus cargos en el PLD de Bautista y Díaz Rúa por ser vinculados a corrupción en los casos de reconstrucción de Haití y de Odebrecht.



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