Medina declara de emergencia nacional compras y contrataciones para reparación daños provocados por lluvias

Medina declara de emergencia nacional compras y contrataciones para reparación daños provocados por lluvias

Medina declara de emergencia nacional compras y contrataciones para reparación daños provocados por lluvias

SANTO DOMINGO.– El presidente Danilo Medina declaró de emergencia nacional las compras y contrataciones de bienes, servicios y obras por parte del Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones y el Instituto Nacional de la Vivienda (INVI) que se adquieran para ser utilizadas en las labores de reparación, construcción y reconstrucción de los daños ocasionados por las torrenciales lluvias que han afectado las provincias Puerto Plata, La Vega, Espaillat y María Trinidad Sánchez.

En el decreto 340-16, el Mandatario establece que se liberan de los procedimientos ordinarios establecidos en la Ley 340-06 sobre Compras y Contrataciones de Bienes, Servicios, Obras y Concesiones, su modificación contenida en la Ley 449-06 y su Reglamento de Aplicación 543-12 del 6 de septiembre de 2012, a las referidas instituciones.

En su artículo tres el decreto precisa que para asegurar que todo lo que sea adquirido, producto de la declaratoria de emergencia, responda a las necesidades de las comunidades afectadas, las instituciones mencionadas deberán justificar ante el Ministerio Administrativo de la Presidencia, mediante informe técnico por escrito, las obras, bienes, y servicios a ser adquiridos para atender la declaratoria.

Indica que luego de ponderar la situación planteada, el Ministerio Administrativo de la Presidencia autorizará o  no el requerimiento planteado por cada institución.

El decreto establece que las instituciones mencionadas deberán cumplir con requisitos,  para las compras realizadas en ocasión de la declaratoria.

Estos requisitos están previstos en los numerales 8,9 y 10 del artículo 4 del Reglamento 543.

Cada institución deberá hacer una publicación en la página de inicio o en el menú principal del portal web del Órgano Rector, del institucional y en el transaccional,  para aquellas que utilicen este último.

Esta publicación contendrá los requerimientos de compras y contrataciones para dar respuesta a la situación.

Toda persona natural o jurídica que cumpla con los requerimientos establecidos tendrá derecho a presentar su oferta. Siempre que cumpla los requerimientos para la compra o contratación.

De igual manera con las demás condiciones establecidas en las normativas. Su oferta deberá ser evaluada a los fines de la adjudicación.

Criterios de calidad y del menor costo

Asimismo, deberán prevalecer los criterios de calidad y menor precio ofertado.

15 días después de satisfecha la necesidad provocada la entidad contratante deberá rendir un informe detallado  a la Contraloría General de la República y  a la Cámara de Cuentas para los fines correspondientes. Esto deberá difundirlo a través del portal administrado del Órgano Rector. Y en el portal de la institución.

Precisa que las instituciones que utilizan el portal transaccional también deberán publicar en esta plataforma.

La entidad contratante deberá publicar los documentos que justifiquen el uso de la excepción en el portal del Órgano Rector. También en el portal institucional, garantizar los principios de transparencia. De publicidad igualmente, por todos los medios posibles.

Entre los considerandos se destacan las lluvias de las últimas semanas y la saturación de los suelos por las vaguadas consecutivas.

Además que la última vaguada produjo fuertes lluvias afectando las provincias referidas y que esta situación ha implicado desplazar y evacuar a las personas de las zonas vulnerables.



Etiquetas