Mediación en adultos mayores enamorados

Mediación en adultos mayores enamorados

Mediación en adultos mayores enamorados

Alexis Rafael Peña.

Unos de los casos que hallamos en Conflictos y Mediaciones son los relacionados a la personas adultos mayores (65 años o más), cuando estos enviudasen, tanto ella como él;  sus hijos, se hallan en posiciones encontradas por una relación de estos en la casa que los vio nacer y crecer. En ocasiones, hasta sus demás familiares: primos, hermanas, hermanos y sobrina/os.

Hijas e hijos entienden que su madre o padre deberían poner muy claro la relación que estos están empezando, ya que en la mayoría de los casos, estos entienden que está en juego los bienes y propiedades que han logrado sus padres en su matrimonio o relación de hecho.

Plantean con o sin razón, que su madre o padre podría ser afectado por esa relación tanto en lo emocional, sentimental y económico y es por esas circunstancias u otras; que conciben que esa relación no debiera permitirse. Sea por una razón u otra, las persona adultas mayores cuentan con una legislación que le garantiza sus derechos ante sus descendientes.

Narran que sus padres, madre o padre, no tendrían la paz, salud y tranquilidad, en caso de iniciar una nueva relación; que en muchas de las ocasiones son con personas más jóvenes que ellos e intereses diversos. Uno de los recursos que utilizan sus hijos e hijas en la mediación para oponerse a lo que desea su madre o padre.

Sostienen que esa persona joven para ella o él. Conocía a su madre o padre antes o después de iniciar su relación y por tales razones; deducen que esa relación no debería ocurrir. Mientras que la persona adulto mayor (mujer y hombre) expresa su preocupación, indicando que sus hijos no viven en la casa o que comparten muy poco con él o ella.

Además, agregan que se sienten con vida para empezar y tener una nueva relación de pareja; además le permitiría estar acompañado en las noches y en el día, cosas que no hacen sus hijo/as. Lo que indica, que estarían en la disponibilidad de tomar el riesgo que les comentan sus hijos e hijas, de empezar esa relación.

Argumentan, que su nueva pareja proviene de la iglesia, de la junta de vecinos, el sindicato o la cooperativa y que para él o ella; sus hijos e hijas están muy equivocados en relación a sus planteamientos para objetar su nueva pareja.

En los procesos de mediación, en relación a esos conflictos entre padre o madre con sus hijos, se ventilan para ver de qué manera podrían generar consensos y compresión, después de escuchar los argumentos de sus progenitores.

Mediación en ese tipo de conflicto es desde un punto de vista psicológico lógico y prudente. Porque una persona que cumpla 65 años o más, no significa que no cuente con sus derechos civiles y políticos para unirse o contraer nupcias.

Ninguna ley ni la constitución y mucho menos la jurisprudencia, objeta una relación de persona adulta mayor; que contraiga compromisos de pareja o matrimonio después de enviudar.

La persona mediadora tiene que hacer el mayor esfuerzo de análisis de realidad en basado en el contexto de la persona mayor de edad, que en base a las preguntas estratégicas y lógicas, permitas a todas las partes flexibilizar o razonar los argumentos de la persona progenitora frente a sus hijos e hijas.

Un Centro de Mediación como entidad respetuosa de las convenciones internacionales, constitución y sus leyes adjetivos; tiene bajo su responsabilidad a un personal formado en mediación, el cual debe proteger y promover la convivencia en esas realidades de las familias.

Padre y madre con sus posiciones e hijos contrapuestos en un conflicto de esa magnitud, necesitan de una disciplina como la mediación, para abordar esos conflictos que aun la ciencia investiga, para conocer porqué las relaciones de una familia pueden distanciarse por esa disputa. Entendible por un lado e inatendible por el otro.



Alexis Rafael Peña Céspedes

Periodista, abogado y mediador certificado.

Noticias Relacionadas