La justicia y la opinión

La justicia y la opinión

La justicia y la opinión

El Poder Judicial debe de haber dado este año (2016) algunas de las informaciones de mayor trascendencia para la opinión pública, según mi humilde criterio; veamos:

–denuncia de la Procuraduría General de la República contra tres magistrados de la Corte de Apelación de Santo Domingo;

–suspensión y juicio disciplinario seguido a la jueza de primera instancia Awilda Reyes Beltré y al juez Francisco Arias Valera (miembro renunciante del Consejo del Poder Judicial), por supuesta prevaricación;

–Código Penal, aprobado, devuelto, aprobado de nuevo y declarado inconstitucional por falta procedimental y el contenido de los artículos 107, 108, 109 y 110 relativos a la interrupción del embarazo. Fue aprobado por tercera vez el día 14 diciembre de 2016.

La cancelación de los jueces Víctor Mejía Lebrón y Rosó Vallejo Espinosa, de la Cámara Penal de la Corte de Apelación de Santo Domingo, así como del magistrado de la Segunda Sala del Juzgado de Trabajo de la referida jurisdicción, José Dionisio Duvergé Mejía, sentó un precedente. Nunca aceptaron que negociaran con sentencias, como había denunciado la Procuraduría, pero fueron cancelados.

De la jueza Reyes Beltré y el exconsejero Arias Valera no adelantaré juicios por el temor de “influir” en un proceso en curso, de ser injusto sobre hechos todavía en debate –hasta prueba en contrario, a todo imputado se le reputa inocente–, no importa que un sector de la opinión pública pida, como en las corridas de toros, sangre en la arena.

El Código Penal vigente ha sido un tortol en el belfo de la sociedad dominicana y una nube en los ojos de los poderes fácticos, la cultura jurídica y la política dominicanos.

Según comentaristas, el Código Penal nos llegó de carambola con la invasión haitiana de 1822 y rigió en toda la isla como versión espuria del Código Napoleónico de 1810.

Tras la separación, en marzo de 1845, La República adoptó los códigos napoleónicos en su lengua original (francés) y en 1884 cuando el Penal fue traducido y localizado (puesto en sintonía con el lugar donde estaba siendo aplicado) por una comisión autorizada por el presidente Francisco Gregorio Billini, el del tercer mandato seguido del partido de Gregorio Luperón.

En el enorme lapso que hemos visto pasar desde 1884 hasta 2016, al Código Penal lo han cargado de remiendos, un hecho que convierte en tortura cualquier intento de leer un contenido coherente, sin paradas para buscar en otros textos, la tipificación de una infracción.

Desde el año 2004 contamos con un Código Procesal Penal que se adelantó en 12 años en los procedimientos mientras las penas seguían sobre las bases de la concepción del mundo de nuestra edad de piedra.



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