Funciones alcaldes pedáneos en Mediación y en la comunidad (II)

Funciones alcaldes pedáneos en Mediación y en la comunidad (II)

Funciones alcaldes pedáneos en Mediación y en la comunidad (II)

Alexis Rafael Peña.

En el artículo anterior terminamos enumerando el art. 168 de la Ley Municipal, en la que nos referíamos a este funcionario cuyo rol en las comunidades es servir de enlace entre las autoridades y la población.

Enumero las funciones por el interés para las personas lectora de la columna “Conflictos y Mediaciones”, ya que existe mucho desconocimiento de ese funcionario municipal por parte de la población, principalmente en las secciones rurales apartadas y hasta en las cercanas.

Para las personas que requieren los servicios de mediación de comunidades lejanas y que tienen presencia de violencia en sus controversias les recomendamos hacer llegar a la persona convocada las citas a mediación vía a las personas alcaldes pedáneos, ya que estos tienen la autoridad según la referida Ley, para citar y hasta arrestar a ciudadanos de su comunidad que sostengan situaciones conflictivas que pueden ser mediadas o en conflictos con la ley que conlleva prisión o según el caso.

1-Cumplir y hacer cumplir las leyes, decretos del Poder Ejecutivo, reglamentos, ordenanzas, resoluciones y demás disposiciones municipales, dando cuenta al sindico/a de las infracciones que observe.

2-Dar cuenta inmediata al sindico/a de cualquier deficiencia, intermunicipal infracción que observare en 10s servicios y obras municipales.

3-Dar cumplimiento de las órdenes, requerimientos y circulares que reciba del sindico/a en lo concerniente a la ejecución de las disposiciones municipales y de otras disposiciones legales.

4-Cuidar de que se mantengan en buen estado y libres de obstrucciones 10s caminos vecinales e intermunicipales, así como de que no se alteren las servidumbres existentes en favor de dichos caminos o de 10s vecinos de la sección.

5-Coordinar en su jurisdicción 10s servicios municipales bajo la supervisión de 10s organismos correspondientes.

6-Prestar el auxilio que en razón de sus funciones requieran 10s tesoreros o 10s perceptores de ingresos municipales.

En el próximo explicare como estas personas ofrecen la oportunidad a sus munícipes en las que se ven involucrados. En las diversas comunidades con sus características, esa persona acompañada de un segundo hacen excelentes funciones las cuales para nuestro caso, las mediaciones son claves; ya que a través de ellos y ellas; los centros de mediación familiar, comunitario y vecinal poder realzar un esfuerzo por la paz y la convivencia.



Alexis Rafael Peña Céspedes

Periodista, abogado y mediador certificado.

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