Fiscal DN: "Siempre he abogado porque existan casuísticas en las que a las mujeres se les permita abortar"

Fiscal DN: «Siempre he abogado porque existan casuísticas en las que a las mujeres se les permita abortar»

Fiscal DN: «Siempre he abogado porque existan casuísticas en las que a las mujeres se les permita abortar»

Yeni Berenice Reynoso, exfiscal del Distrito Nacional. Archivo

Santo Domingo.- La fiscal del Distrito Nacional, Yeni Berenice Reynoso, dijo hoy estar «totalmente» de acuerdo con las observaciones que el presidente Danilo Medina hizo al Código Penal donde propone la despenalización del aborto en caso de violación, incesto o malformaciones congénitas incompatibles con la vida.

“Estoy totalmente de acuerdo con la observación que le hizo el Presidente de la República. Siempre he abogado porque existan algunas casuísticas en la que a las mujeres se les permita abortar. Si bien es cierto que no soy partidaria de un sistema donde el aborto se haga en cualquier caso, sí soy plenamente partidaria de la observación que hizo el Presidente”, indicó la fiscal.

Reynoso señaló que en 14 años que tiene en el Ministerio Público no ha conducido la primera sentencia en el país por aborto, a pesar de estar prohibido.

Agregó que el país no puede darse el lujo de condenar a la mujer a muerte, a las más pobres que son en realidad las que se ven en esa situación.

El tema del aborto sigue siendo causante del ‘vaivén’ en que por más de una década ha estado el Código Procesal Penal, de la Cámara de Diputados al Senado y de aquí al Poder Ejecutivo.

Luego de haber sido convertido en ley el pasado miércoles por los senadores, ayer fue observado por segunda vez por el presidente Danilo Medina, quien hizo algunas sugerencias al Congreso sobre el aborto.

 Medina sugiere que en el artículo 107 el proyecto diga lo siguiente: “Salvo las eximentes previstas en el artículo 110, quien mediante alimentos, brebajes, medicamentos, sondeos tratamientos o por cualquier otro medio cause la interrupción del embarazo de una mujer o coopere con dicho propósito, aun cuando esta lo considere, será sancionado con dos a tres años de prisión menor”.

De igual forma plantea que la misma pena sea impuesta a la mujer que se provoque un aborto o que consienta en someterse a los medios abortivos antes mencionados, siempre que el aborto se haya realizado.

Condiciones que ameriten

El mandatario sugiere que en los casos que se interrumpa el embarazo por un personal médico especializado no sea castigado si se agotan los medios científicos y técnicos disponibles para salvar las dos vidas, hasta donde sea posible.

De igual manera que no se considere un hecho punible cuando el embarazo sea resultado de una violación, rapto, violación a una menor valiéndose de engaño o superioridad, o incesto, siempre que se practique dentro de las primeras doce semanas de gestación y que el hecho punible hubiere sido denunciado o sea manifiesto que la víctima ha estado en la imposibilidad de hacer la denuncia.

Medina señala que con las observaciones no pretende imponer a la mujer la obligación de elegir interrumpir el embarazo, sino permitirle, en condiciones de salubridad y seguridad para su vida, decidir sin temor.

‘Causas son verdaderas tragedias’

En las motivaciones el presidente Medina expresa que las causas de despenalización que propone son verdaderas tragedias que escapan a la voluntad de la mujer.

“Ninguna mujer quiere enfermar de gravedad durante el embarazo, tampoco ser violada, ni mucho menos que la criatura que lleva en el vientre sufra malformaciones que hagan imposible la vida después del nacimiento.

Estas son circunstancias funestas que muchas veces tienen consecuencias calamitosas para la mujer que las sufre”, indica Danilo Medina entre las observaciones.

 

 

 

 



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