Estabilidad y carrera administrativa

Estabilidad y carrera administrativa

Estabilidad y carrera administrativa

Nassef Perdomo Cordero, abogado.

Una de las características fundamentales de los Estados de derecho es su predictibilidad. La iniciativa privada y la vida ciudadana comparten la necesidad de que los actos de las personas tengan consecuencias predecibles. Es este el fundamento poco glamoroso, pero ineludible, de la vida en sociedad.

Cuando la arbitrariedad es la regla son imposibles los proyectos a largo plazo.

En las sociedades organizadas, la necesidad de predictibilidad ha encontrado muchas respuestas. Entre ellas, la tutela judicial efectiva, la irretroactividad de la ley y el principio de legalidad de la Administración. Sin embargo, como bien saben quienes lidian con la realidad monda y lironda, para que esto se concrete es necesario mucho más que declaraciones de principios: se precisa de personas que hagan posible la predictibilidad.

La respuesta a esta exigencia ofrecida por el Estado moderno la identifica Max Weber en su obra maestra “Economía y sociedad”: se trata de la burocracia.

A pesar de su mala fama actual, las burocracias son el conjunto humano que da continuidad a las políticas públicas. Su renuencia al cambio y pasión por los procedimientos pueden resultar urticantes para el ciudadano pero, paradójicamente, sirven de valladar a los cambios bruscos o arbitrarios de proceder en la Administración cuando se renuevan sus autoridades máximas.

Los funcionarios de carrera son los guardianes de la memoria institucional y del “saber hacer” que evitan que el Estado colapse cuando cambia el grupo político que lo lidera.

De ahí la importancia de proteger a los funcionarios de carrera, protagonistas silentes de la continuidad en la cosa pública.

El Constituyente de 2010 reconoció la importancia de preservar la estabilidad de la función pública. Por ello el artículo 145 constitucional lee de la siguiente manera:

Artículo 145.- Protección de la Función Pública. La separación de servidores públicos que pertenezcan a la Carrera Administrativa en violación al régimen de la Función Pública, será considerada como un acto contrario a la Constitución y a la ley.

La protección constitucional de los funcionarios de carrera salvaguarda el conocimiento acumulado por la práctica. Proteger la carrera administrativa y la continuidad que esta representa es, sin exagerar, una de las principales formas de preservar la institucionalidad en la República Dominicana.



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