Democracia y transparencia

Contrario a la creencia popular, la democracia constitucional es un sistema fundamentado en las tensiones internas que se producen en la sociedad en que opera como sistema de gobierno.

Esto se manifiesta sobre todo en el sistema de frenos y contrapesos, que distribuye las facultades públicas de tal forma que ningún órgano público puede ejercer un poder absoluto. Todos encuentran límites en los poderes de los demás.

En las democracias más desarrolladas, título al cual aspira la República Dominicana, esta capacidad de ser freno del poder no se queda en el control horizontal, sino que también se expresa verticalmente.

Pero no de arriba hacia abajo, algo propio de los autoritarismos, sino de abajo hacia arriba. Es decir, los ciudadanos tienen un papel trascendental en el control del ejercicio del poder y la administración de los recursos públicos.

En nuestro caso eso no es solo un derecho, sino también un deber, tal y como lo señala el artículo 75.12 constitucional, que manda a los ciudadanos a “Velar por el fortalecimiento y la calidad de la democracia, el respeto del patrimonio público y el ejercicio transparente de la función pública”.

Las herramientas para cumplir con este papel son varias, pero la más importante, fuera del ejercicio del derecho al voto, es el acceso a la información pública y las discusiones que esto genera.

Aunque está presente en nuestro ordenamiento jurídico desde la promulgación de la Ley 200-04, sobre Libre Acceso a la Información Pública, fue constitucionalizado en el artículo 49 de la Carta Magna y constituye un vigoroso instrumento para el control ciudadano de los poderes públicos.

Así lo reconoció el Tribunal Constitucional en su decisión TC/0042/12, en la que afirma lo siguiente:

i) El derecho a la información pública tiene una gran relevancia para el fortalecimiento de la democracia, ya que su ejercicio garantiza la transparencia y permite a los ciudadanos controlar y fiscalizar el comportamiento de los Poderes Públicos.

Obviamente, no todo es información pública y los reclamos deben ser llevados por las vías de derecho previstas por la ley. Pero es innegable que el acceso a ella enriquece la democracia, porque permite que los debates en los que se forja el sentir de la sociedad tengan como cimiento información real y precisa, no simples suposiciones.

A pesar de su poco tiempo de vigencia, este derecho ya ha brindado frutos importantes y es previsible que siga haciéndolo en el futuro.