Cuatro jueces del Constitucional cumplen período de su elección

Santo Domingo.-El Consejo Nacional de la Magistratura tendrá que ser convocado nuevamente por el presidente Danilo Medina para llenar cuatro vacantes en el Tribunal Constitucional que cumplirán con lo establecido en la ley en cuanto a la edad y al periodo para el que fueron electos.

Los magistrados Leyda Margarita Piña, Jottin Cury David e Idelfonso Reyes fueron electos por un período de seis años, el cual se agota el 27 de diciembre. Los tres son elegibles para ser confirmados en el cargo.

La Constitución establece que los jueces del Tribunal Constitucional son designados por un período único de nueve años, pero hizo la excepción de que los que en la primera composición fueron designados por seis años podrían ser nombrados nueva vez por un período de nueve años.

Víctor Gómez Bergés, quien también cumple sus seis años, no puede ser considerado para confirmarlo porque en febrero de 2015 cumplió 75 años, que es la edad para retiro obligatorio.

El Consejo Nacional de la Magistratura estableció un mecanismo que permite que haya cierta continuidad en en el Tribunal Constitucional, por lo que cada tres años se renueva solo una parte de la matrícula.

En esa primera oportunidad fueron elegidos por seis años los cuatro citados. Por nueve años fueron electos escogidos por el CNM Katia Miguelina Jiménez Martínez, Hermógenes Acosta de los Santos, Wilson Gómez y Ana Isabel Bonilla.Éstos son inamovibles hasta diciembre de 2020.

Para un período de doce años fueron designados Milton Ray Guevara, presidente; Justo Pedro Castellanos Khoury, Lino Vásquez Samuel, Víctor Joaquín Castellanos Pizano y Rafael Díaz Filpo. Estos magistrados son inamovibles hasta 2024.

Los elegidos por nueve y doce años no pueden ser ratificados en sus posiciones, según el transitorio decimonoveno de la Constitución vigente.

Interés político

La designación de las cuatro plazas disponibles a partir del 27 de enero ahora toma una connotación especial, cuando personas cercanas al Presidente de la República plantean que la reelección puede establecerse sin una reforma constitucional, bastando con que el Tribunal Constitucional declare inconstitucional el transitorio vigésimo, que explícitamente le niega esa oportunidad al actual mandatario.

Ya en Honduras y Bolivia sus respectivos presidentes lograron habilitar la reelección con decisiones de sus tribunales constitucionales, pese a que sus cartas magnas lo prohíbe.

Sentencias históricas

La designación de los miembros del Tribunal Constitucional le corresponde al Consejo Nacional de la Magistratura, que está compuesto por dos representantes del Poder Ejecutivo, dos del Judicial y cuatro del Legislativo. El Presidente de la República es quien lo convoca.

Autónomo.

Este órgano es autónomo e independiente de los demás poderes públicos y órganos del Estado y posee autonomía administrativa y presupuestaria.

Tiempo.

Creado a raíz de la constitución dominicana de 2010 y fue conformado en 2011.