¿Compañía por Acciones ó Sociedad de Responsabilidad Limitada?

¿Compañía por Acciones ó Sociedad de Responsabilidad Limitada?

¿Compañía por Acciones ó Sociedad de Responsabilidad Limitada?

En diciembre del año 2008, se promulgó la ley 479-08 que se denomina Ley General de Sociedades Mercantiles y Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada, mejor conocida como la Ley de Sociedades. Nos apena usar en un articulo nombres tan largos y complejos, pero convencidos estamos de que con este largo despliegue nos han dormido a todos.

Esta Ley de Sociedades, que modifica elementos sustanciales del Código de Comercio, se ha convertido en el dolor de cabeza numero uno del empresariado no sindicalizado del país, sobre todo a los de mediano y pequeño tamaño. En contraparte, ha sido la panacea de muchos profesionales del derecho, quienes con esta legislación, le llueven encomiendas de las necesarias modificaciones de estatutos, donde los honorarios comienzan cerca de los veinte y cinco mil pesos, pero más comúnmente cercano a los cincuenta mil y mas!

Y este gasto adicional impuesto, ¿para que? Según los defensores de esta legislación, la intención es corregir defectos inherentes a la legislación que estaba vigente hasta la puesta en vigor de la nueva ley citada. Fallos como aspectos relevantes que se consideró necesario precisar acerca de la responsabilidad de los directores, administradores y comisarios. Para ello, en adición a requisitos incomprensibles de capital y composición accionaria, en harás de la simplificación, se nos obliga a incurrir en nuevos gastos.

La mayoría de los pequeños y medianos empresarios que se ven afectados por esta nueva erogación, manifiestan su creencia de que las correcciones de estas imperfecciones hubiesen sido posibles, sin tener que abocarse a la readecuación estatutaria y modificación de régimen que ahora están afrontando. Al final del camino la peor consecuencia de este nuevo régimen ha sido llevar aun más empresarios a la informalidad. ¡Vaya logro!



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